Incluso si alguien con estatus J-1 parece cumplir con los requisitos básicos de elegibilidad para la residencia permanente legal en los EE . UU ., no todos los que llegaron a los EE. UU. con una visa J-1 serán elegibles para solicitar una tarjeta verde en los menos, no de inmediato. La visa J-1 tiene ciertas restricciones que pueden afectar severamente la capacidad de solicitar una tarjeta verde en un futuro cercano.
Estas restricciones incluyen el requisito de residencia extranjera de dos años, que se aplica a algunos titulares de J-1 según § 212 (e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) o 8 USC § 1182 (e); así como el tema de la intención del inmigrante.
Cómo el requisito de residencia extranjera de dos años afecta la capacidad de los J-1 para obtener una tarjeta verde de EE. UU.
Ciertos titulares de la visa J-1 deben, por ley, regresar a casa y estar físicamente presentes en su país de origen durante dos años antes de poder solicitar una tarjeta verde en los Estados Unidos. Es posible que esté sujeto al requisito de residencia en el extranjero durante dos años si se le aplica alguna de las siguientes circunstancias:
- Usted participó en un programa que fue financiado total o parcialmente por una agencia del gobierno de los Estados Unidos o por una agencia del gobierno de su país de origen.
- Su país de origen ha sido designado como uno con escasez de personas con su conjunto de habilidades y/o conocimientos especializados (consulte la lista del Departamento de Estado, país por país ).
- Recibió capacitación médica en los Estados Unidos como interno o residente.
¿Cómo sé si estoy sujeto a INA § 212(e)?
Cuando solicitó su visa J-1 en el consulado de los EE. UU. en su país de origen, se habría determinado si estaba o no sujeto al requisito de residencia en el extranjero por dos años. Puede consultar su Formulario DS-2019, que incluye un endoso del funcionario consular indicando si esta restricción le aplica o no.
El sello de su visa también incluirá una declaración sobre esta restricción. Si no está seguro de si está sujeto a § 212(e), tiene la opción de solicitar una opinión consultiva del Departamento de Estado de EE. UU. (DOS).
Tenga en cuenta que si estaba sujeto a § 212(e) y cambió su estado antes de cumplir con el requisito, todavía está sujeto.
Solicitud de una exención del requisito de residencia en el hogar de dos años
Si está sujeto a § 212(e), puede solicitar una exención del requisito de residencia en el extranjero de dos años. Hay varios motivos por los que se puede hacer tal solicitud.
Cómo el problema de la intención de inmigrar afecta su capacidad para obtener una tarjeta verde de EE. UU.
La otra restricción principal de la visa J-1 es que no permite que el titular de la visa tenga lo que se llama «intención de inmigrante». Lo que esto significa es que, en el momento en que solicitó la visa J-1, tuvo que demostrar que tenía la intención de regresar a su país de origen al final de su programa.
Si es elegible para solicitar una tarjeta verde en los Estados Unidos ahora, esté preparado para demostrar que no tenía la intención de inmigrar cuando solicitó originalmente el estatus J-1 y que luego ocurrieron circunstancias inesperadas para cambiar esto, por ejemplo , conoció y se casó con un ciudadano estadounidense y está solicitando una tarjeta verde como cónyuge de un pariente inmediato .
Si un empleador está dispuesto a patrocinarlo para obtener una tarjeta verde y no está sujeto al requisito de residencia de dos años, considere cambiar su estado a H-1B (trabajador técnico especializado) primero. A los titulares de visas H-1B se les permite tener intención de inmigrante o «doble» .
El procesamiento consular de su tarjeta verde siempre es una opción si le preocupa la intención de inmigrar. Eso significa que dejaría los EE. UU. al final de su estadía H-1B y presentaría su solicitud desde su país de origen, sin tener que enfrentar problemas de doble intención. Consulte Descripción general del proceso de solicitud de visa H-1B para obtener más información.
Obtener ayuda legal
Un abogado de inmigración podrá revisar su caso y asesorarlo sobre sus derechos como titular de una visa J-1. Si está sujeto a § 212(e), un abogado de inmigración puede ayudarlo con el proceso de exención. Si le preocupa la intención de inmigrar, un abogado de inmigración puede asesorarlo sobre la mejor estrategia para solicitar una tarjeta verde según sus circunstancias individuales.