Descripción general del procedimiento para presentar una apelación de una orden de deportación de inmigración ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA).
{{#related_products}}
Do It Yourself Products
Here are some Nolo products that can provide answers to your questions and help you manage your legal issue on your own.
{{#products}}
{{/products}}
{{/related_products}}
{{#related_articles}}
You may be able to find information you are looking for in the resources below
Articles
-
- {{#articles}}
- {{{title}}}
{{/articles}}
{{/related_articles}}
{{#enabled}}
{{/enabled}}
Si asistió a una audiencia de méritos en la corte de inmigración , también conocida como la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), y el juez de inmigración (IJ) negó su caso, lo más probable es que tenga derecho a presentar una apelación. Una apelación significa pedirle a una autoridad superior que revise las transcripciones y el registro de lo que sucedió y decida si la decisión del juez fue un error.
La EOIR es una agencia dentro del Departamento de Justicia, responsable de adjudicar casos de inmigración. En consecuencia, la próxima parada en su caso también estará dentro del Departamento de Justicia, a saber, la Junta de Apelaciones de Inmigración ( BIA ).
Por cierto, el gobierno de los EE. UU. también tiene derecho a apelar su caso, incluso si el juez le concedió la reparación que solicitó. ¡Así que podría encontrarse argumentando su caso ante la BIA a pesar de querer que termine con la decisión del juez!
Dónde debe presentarse la apelación de la decisión de un juez de inmigración
No visitará la BIA en persona. Esta apelación se hace por escrito, sin audiencias excepto en casos excepcionales. El propósito no es darle otra oportunidad de una presentación completa de su caso. La dirección para presentar su apelación es:
Oficina del Secretario de la Junta de Apelaciones de Inmigración
5107 Leesburg Pike, Suite 2000
Falls Church, VA 22041
Esta dirección es la misma ya sea que presente su solicitud por medio del Servicio Postal de EE. UU., servicio de mensajería, entrega al día siguiente o algún otro medio.
Papeleo y tarifas para presentar una apelación ante la BIA
Las apelaciones contra las órdenes de un juez de inmigración deben presentarse en el Formulario EOIR-26, Notificación de apelación de una decisión de un juez de inmigración .
Puede enviar documentos de respaldo junto con este formulario, pero tendrá la oportunidad de presentar un escrito incluso después de que se presente, suponiendo que indique en su formulario de apelación que desea hacerlo.
Es una excelente idea presentar un escrito, porque aquí es donde usted, o de manera más realista, su abogado , expondrá los argumentos a su favor y las leyes que los respaldan. Sin esto, la BIA podría estar inclinada a aceptar la decisión del juez de inmigración en lugar de examinar de cerca su caso.
La apelación debe, en la mayoría de las situaciones, presentarse con la tarifa requerida. A fines de 2021, esto es $ 110. (Consulte las excepciones en la Sección 3.4 del manual de políticas ). Puede pagar electrónicamente en el Portal de pago de la EOIR o enviar un cheque o giro postal a nombre de «United States Department of Justice» y que también contenga el nombre completo del solicitante principal y el extranjero. número de registro («Número A»).
Si no puede pagar la tarifa, puede solicitar una exención de la tarifa mediante el formulario EOIR-26A .
Su abogado o representante legal también presentará el Formulario EOIR-27, Notificación de entrada de comparecencia como abogado o representante ante la Junta de Apelación de Inmigración, que básicamente establece que él o ella lo representará durante el proceso.
Además, justo antes de presentar la apelación, debe enviar por correo una copia de la apelación al Abogado Jefe Adjunto del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los EE. UU. del Departamento de Seguridad Nacional y luego confirmar que lo hizo dentro del «Prueba de entrega». » parte del formulario EOIR-26.
Para obtener más información sobre los requisitos procesales para presentar una apelación, descargue el Manual de prácticas de BIA ; o mejor aún, contrate a un abogado para que se ocupe de estos complejos requisitos.
Momento de presentar su apelación
La BIA no solo debe presentar la apelación, sino que debe recibirla dentro de los 30 días a partir de la fecha de la orden del juez. Si recibió la orden del juez por escrito en lugar de en audiencia pública, su apelación debe presentarse y recibirse dentro de los 30 días a partir de la fecha en que se le envió la decisión por correo. Las apelaciones presentadas fuera de plazo simplemente no serán aceptadas.
Tenga mucho cuidado, por lo tanto, al completar correctamente la etiqueta de envío y otros materiales, y al utilizar la cantidad correcta de franqueo.
Al calcular su plazo de 30 días, debe contar los sábados, domingos y otros días festivos. Sin embargo, si el día 30 en realidad cae en sábado, domingo o feriado federal, la fecha límite se extiende hasta el primer día hábil posterior.
Qué sucede después de que BIA recibe su notificación de apelación
Una vez que se reciba su apelación, la BIA le enviará un aviso de recibo, generalmente dentro de dos semanas. Si no tiene noticias dentro de ese tiempo, comuníquese con la BIA para averiguar qué sucedió.
A continuación, se establecerá un calendario de sesiones informativas (si dijo que enviaría un informe). Por lo general, tendrá 30 días para presentar su escrito de apertura. El abogado contrario también tendrá 30 días para presentar una réplica. Este plazo puede ampliarse a 90 días si se demuestra causa suficiente.
Después de revisar las presentaciones de ambas partes, la BIA tomará una decisión sobre su apelación. Sin embargo, esto puede llevar meses o años.
¡Quédese en los EE. UU. mientras su apelación está pendiente!
Incluso si el juez de inmigración ordenó su deportación , tiene derecho a permanecer en los EE. UU. mientras espera la decisión de la BIA. Esto es automático para apelaciones estándar de casos de deportación.
(Sin embargo, en otros tipos de casos, como las mociones para reabrir, dicha suspensión no es automática; la persona debe tomar medidas para solicitarla).
En cualquier caso, si sale de los EE. UU. antes de la decisión de la BIA, se cancelará su apelación.