Los ciudadanos extranjeros que residen en los EE. UU. y desean cambiar, extender, iniciar o restablecer su estatus de no inmigrante sin tener que salir del país y solicitar una nueva visa en el extranjero normalmente lo hacen presentando el Formulario I-539 ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE . UU. (USCIS). Al igual que con la mayoría de las solicitudes de USCIS, hay una tarifa de presentación básica, más tarifas adicionales para formularios o situaciones particulares. Además, es posible que deba pagar los costos relacionados, como los de un abogado, como se explica en este artículo.
Tarifa de presentación de USCIS para el Formulario I-539
En la mayoría de los tipos de casos de inmigración, la tarifa del Formulario I-539 es de $ 370 (cifra de 2022; verifique dos veces todas las tarifas, ya que USCIS las aumenta regularmente).
Cada solicitante y cosolicitante (que debe presentar el Formulario I-539A) también debe pagar una tarifa biométrica , para que se tomen las huellas dactilares y la fotografía requeridas en un Centro de Apoyo de Solicitudes (ASC) local de USCIS. La tarifa de datos biométricos es de $ 85 (cifra de 2022).
En mayo de 2021, USCIS suspendió por dos años la tarifa biométrica para las personas que solicitan extensiones de estatus E-1, E-2, E-3, H-4 o L-2. La suspensión temporal es para permitir que USCIS aborde los retrasos y demoras que creó la pandemia de COVID-19. Asegúrese de verificar y volver a verificar todas las tarifas biométricas y de presentación para evitar que USCIS rechace su solicitud.
Además, como se describe a continuación, USCIS requiere tarifas adicionales de algunos solicitantes (generalmente en los casos en que debe enviar formularios adicionales).
Sin embargo, algunos solicitantes no tienen que pagar una tarifa. Además, los solicitantes de bajos ingresos pueden solicitar que se exoneren las tarifas de USCIS.
Quién debe usar el Formulario I-539 de USCIS
Este formulario se usa comúnmente para familiares a cargo de personas con visas de trabajo, así como para estudiantes y visitantes en los Estados Unidos. Por ejemplo, un visitante o cónyuge de alguien con una visa de trabajo que desea extender su tiempo permitido en los EE. UU., o un estudiante que necesita restablecer su estado F-1, debe enviar el Formulario I-539.
Este formulario no se utiliza para todas las categorías de visa de no inmigrante . Además, no siempre queda claro, incluso en las instrucciones del formulario, cuándo se requiere específicamente su uso . Por lo tanto, es importante consultar a un abogado sobre si necesita usar el Formulario I-539 para los fines que tiene en mente.
Obtenga la última versión del Formulario I-539 de USCIS
Es sumamente importante que utilice el formulario I-539 más actualizado y pague la última tarifa de presentación de USCIS. Si uno u otro es incorrecto, USCIS rechazará la solicitud, lo que podría afectar su estado y capacidad para permanecer legalmente en los Estados Unidos.
Diferentes Usos del Formulario I-539 Podrían Requerir Diferentes Tarifas y Formularios Adicionales
Si bien la mayoría de los solicitantes que presentan el Formulario I-539 pagarán el monto regular (la cifra de 2022 es de $370 más $85 por datos biométricos por persona; a menos que se encuentre dentro de la excepción de datos biométricos anterior), deberá verificar dos veces el monto exacto, según lo que beneficio migratorio que está solicitando . Es posible que también deba usar formularios USCIS diferentes o complementarios.
Las personas que solicitan visas diplomáticas (A-1, A-2, G-1 a G-4 y OTAN) no necesitan pagar la tarifa de $370. Sin embargo, deben incluir un Formulario I-566 (Registro Interagencial de Solicitud—A, G o Autorización de Empleo para Dependientes de la OTAN o Cambio/Ajuste a/desde A, G o Estatus de la OTAN) con su solicitud.
Las personas que solicitan visas V deben pagar la tarifa biométrica además de la tarifa básica I-539. Los solicitantes de visa V también deben leer el Formulario I-539A, que es un formulario informativo que incluye instrucciones adicionales sobre la solicitud de visa V y también está disponible en la página I-539 de USCIS .
¿Por qué método debe pagar las tarifas de solicitud de USCIS?
Dónde y cómo pagará sus tarifas depende en parte de su propia elección y de si presentará la solicitud por correo o en línea.
Si envía su I-539 por correo, puede pagar con cheque o giro postal o, en algunos casos, con tarjeta de crédito.
Pago de tarifas de USCIS con cheque o giro postal
Tenga cuidado al pagar con cheque o giro postal: si la cantidad no es exactamente correcta, la solicitud será rechazada, lo que afectará su capacidad para permanecer en los Estados Unidos . Al presentar varias solicitudes, puede incluir todas las tarifas en un solo cheque. Sin embargo, es mejor enviar cheques por separado, porque si se rechazan una o más solicitudes, todas serán rechazadas si todas las tarifas se incluyen en un solo cheque. USCIS no aceptará sobrepagos ni reembolsará pagos parciales.
Las tarifas pagadas con cheque o giro postal deben girarse en un banco u otra institución financiera ubicada en los EE. UU. y deben pagarse en moneda estadounidense. Hágalo a nombre del «Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos». Explique esto en lugar de usar iniciales como «USDHS».
Pago de tarifas de USCIS con tarjeta de crédito
Si envía su solicitud a una » Caja de seguridad «, tiene la opción de pagar con tarjeta de crédito utilizando el Formulario G-1450 . Coloque ese formulario encima de su paquete de solicitud.
Asegúrese de verificar la dirección de presentación antes de enviar su solicitud: debe ver la palabra «Lockbox», porque si está enviando por correo a uno de los Centros de servicio regulares de USCIS, es posible que (todavía) no pueda pagar con tarjeta de crédito . USCIS comenzó a expandir la aceptación de pagos con tarjeta de crédito en los centros de servicio regulares, pero a principios de 2022, la implementación ha sido desordenada. Además, tenga en cuenta que si presenta varias solicitudes, o si presenta su solicitud I-539 con la petición I-129 del empleador de su cónyuge o de sus padres, todas las tarifas de presentación deben realizarse en el mismo formulario. Debe pagar todas las tarifas de presentación con cheque o todas las tarifas de presentación con tarjeta de crédito y no una con tarjeta de crédito y otra con cheque.
Quién puede presentar el Formulario I-539 en línea
USCIS permite que el Formulario I-539 se presente en línea (a veces llamado presentación electrónica) para algunas, pero no todas, las clasificaciones de visa . Al presentar electrónicamente el Formulario I-539, puede realizar el pago mediante tarjeta de crédito, tarjeta de débito o transferencia electrónica de fondos desde una cuenta corriente o de ahorros de un banco estadounidense.
USCIS ahora ofrece presentación en línea para la mayoría de las categorías de visa. Además, a diferencia de los primeros días de la presentación en línea del Formulario I-539, cuando las personas tenían que enviar la solicitud electrónica y pagar la tarifa en línea y luego imprimirla y enviarla por correo a USCIS con los documentos de respaldo, ahora puede cargar los documentos de respaldo desde dentro. su cuenta en línea.
Si se encuentra frente a una fecha límite, como que su estado vence hoy, de modo que ni siquiera enviar su solicitud por servicio de mensajería al día siguiente la enviaría a USCIS a tiempo (hasta después de que haya vencido su estado), la presentación en línea puede ser una opción especialmente útil .
Exención de tarifas del Formulario I-539: cuándo se pueden eximir las tarifas de presentación de USCIS para personas de bajos ingresos
Al solicitar ciertos beneficios, USCIS permite a los solicitantes solicitar una exención de algunas tarifas (según 8 CFR Sección 103.7(c)(3) ). En particular, cualquier persona obligada a pagar la tarifa biométrica puede solicitar una exención. Los dependientes de la visa de inversionista E-2 CNMI también son elegibles para solicitar una exención de la tarifa de presentación del Formulario I-539.
Visite el sitio web de USCIS para obtener más información sobre exenciones de tarifas .
Honorarios de abogados para extender o cambiar el estado de la visa
No necesariamente necesita pagarle a un abogado para que lo ayude, si tiene una situación simple, comprende las leyes y califica fácilmente para extender o cambiar el estado de su visa.
Sin embargo, si no está seguro acerca de algún aspecto de las reglas, tiene alguna circunstancia especial o simplemente quiere asegurarse de que se haga bien la primera vez, es una buena idea contratar a un abogado . Al igual que con muchas solicitudes de USCIS, la documentación necesaria para obtener el beneficio puede ser confusa y compleja. Tener un abogado que maneje la solicitud puede ayudar a garantizar que todo se haga correctamente y evitar posibles dificultades .
Si contrata a un abogado para que lo ayude con la solicitud, la tarifa por los servicios probablemente será una tarifa fija, en lugar de una tarifa por hora. Este tipo de caso es relativamente estándar, por lo que no debería tener que preocuparse por las horas de facturación y su factura sea más de lo que esperaba . Puede esperar que un abogado cobre entre $ 500 y $ 1,700 para manejar su extensión o cambio de estado.
Tenga en cuenta, sin embargo, que la tarifa cotizada será independiente de las tarifas biométricas y de presentación del Formulario I-539 , que usted será responsable de pagar. El abogado puede pedirle que traiga los cheques o giros postales y se encargará de incluirlos en su solicitud.