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Si me caso con un titular de la tarjeta verde, ¿puedo trabajar en los EE. UU.?

Las personas en la categoría de parientes preferenciales están sujetas a límites anuales en la cantidad de tarjetas verdes otorgadas, así como límites por país. Por lo tanto, enfrentan largos períodos de espera antes de ser elegibles para solicitar una tarjeta verde y un permiso de trabajo, y mucho menos vivir y trabajar en los Estados Unidos.


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Si no es ciudadano de los EE. UU. y está a punto de casarse con un titular de la tarjeta verde de los EE. UU. (alguien con residencia permanente legal en los EE. UU.), no obtendrá el derecho a trabajar legalmente en los Estados Unidos en el corto plazo. Todo el proceso de solicitud y, por lo tanto, el camino para obtener derechos significativos en los EE. UU. tiende a ser largo. Esto se debe en parte a que los cónyuges de residentes permanentes legales pertenecen a una categoría conocida como «parientes preferenciales», y se imponen límites anuales a la cantidad de tarjetas verdes disponibles en esta categoría.

Aquí, explicaremos más sobre lo que significa todo esto y cuándo puede esperar poder trabajar o vivir en los Estados Unidos en función de su matrimonio con alguien con una tarjeta verde.

Qué significa estar en una categoría de preferencia de visa de EE. UU.

Las personas en la categoría de visa de familiares preferenciales están, según la ley de los EE. UU., sujetas a límites anuales en la cantidad de tarjetas verdes otorgadas, así como límites por país. Debido a la gran demanda de estas visas, con frecuencia enfrentan largos períodos de espera antes de ser elegibles para solicitar una tarjeta verde y un permiso de trabajo, y mucho menos vivir y trabajar en los Estados Unidos.

A veces, no hay espera en absoluto. Pero a menudo, la espera en esta categoría es de cuatro a cinco años. Si desea ver las fechas de solicitud de visa originales, también conocidas como «fechas de prioridad», de las personas que recién están recibiendo tarjetas de residencia, vaya al Boletín de visas del Departamento de Estado y busque en el cuadro familiar, en la categoría F2A.

Si tiene suerte, solo verá la letra «C», lo que significa que no hay que esperar, y todos los cónyuges de un residente permanente de EE. UU. pueden presentar su solicitud y completar el proceso lo antes posible.

Solo cuando hay una «C» en el cuadro o cuando un pariente de preferencia ha subido a la cima de la lista de espera ( tiene una fecha de prioridad actual ) y ha presentado una solicitud para una tarjeta verde, esa persona obtendrá el derecho a ambos vivir. y trabajar en los Estados Unidos. El momento y los procedimientos exactos dependen del país de donde sea y dónde viva ahora y, si vive en los EE. UU., si tiene el «ajuste de estatus» correcto aquí (es decir, realice todo el proceso de solicitud sin salir el país ).

La mayoría de los cónyuges de residentes permanentes descubren que no tienen derecho a ajustar el estatus, sino que deben utilizar el procesamiento consular como procedimiento de solicitud.

Si actualmente vive en el extranjero y está esperando una visa basada en el matrimonio en la categoría 2A

Si vive fuera de los EE. UU., debe esperar hasta que su fecha de prioridad se actualice o la tabla del Boletín de visas muestre una «C» para enviar su solicitud de tarjeta verde en un consulado de los EE. UU. El gobierno de los EE. UU. le avisará cuando llegue ese momento y le dirá qué papeleo debe completar. Solo después de que se haya procesado la solicitud y haya asistido a una entrevista consular , se le permitirá ingresar a los EE. UU. como residente permanente (titular de la tarjeta verde).

Al ingresar, se le otorgarán todos los derechos de los residentes permanentes legales de los EE. UU., incluido el derecho a trabajar. Sin embargo, su tarjeta verde real se le enviará por correo unas semanas después de su llegada. Mientras tanto, un sello en su pasaporte servirá como evidencia de su estatus de residente permanente, y puede mostrárselo a los empleadores.

Si vive en los Estados Unidos y desea ajustar el estado según el matrimonio en la categoría 2A

Si ya vives en los EE. UU., tu situación es complicada. Le daremos un breve resumen de los escenarios más probables a continuación, pero realmente debería ver a un abogado de inmigración para un análisis completo. Como antecedentes, lo más importante que debe comprender es que tener un I-130 aprobado en el archivo y una fecha de prioridad no le da derecho a vivir o trabajar aquí hasta que pueda presentar una solicitud de ajuste de estado.

Si está en los EE. UU. ilegalmente

Si no tiene un estatus legal en los EE. UU., averigüe si tiene derecho a ajustar su estatus aquí. Lo más probable es que la respuesta sea no, a menos que esté protegido por una antigua ley conocida como Sección 245(i). Para tener derechos adquiridos, alguien tendría que haber presentado una solicitud de visa I-130 aprobable o una certificación laboral en su nombre antes del 14 de enero de 1998; o lo hizo antes del 30 de abril de 2001, siempre que también estuviera físicamente presente en los EE. UU. el 21 de diciembre de 2000.

Si vive ilegalmente en los EE. UU. y no es elegible para ajustar el estado

Al acumular presencia ilegal en los EE. UU., se está volviendo inadmisible. El resultado práctico de esto es que, cuando su fecha de prioridad se actualice y viaje a un consulado de EE. UU. en el extranjero para solicitar su tarjeta de residencia, es probable que sea penalizado por su estadía ilegal en EE. UU. con una prohibición de tiempo a su regreso .

La barra es de tres años si acumuló una presencia ilegal de entre 180 días y un año; o diez años si su presencia ilegal duró más de un año. Hay una exención disponible , pero es difícil calificar para ella.

También existe una llamada prohibición permanente contra la entrada de personas que vivieron ilegalmente en los EE. UU. durante un total de un año o más (en total, no necesariamente de forma continua) o que fueron deportadas (retiradas), abandonaron los EE. UU. y luego volvieron a ingresar. o intentó volver a entrar ilegalmente. (En realidad, si está sujeto a la prohibición permanente, puede solicitar un permiso especial para volver a solicitar la admisión a los EE. UU. después de diez años).

Si se encuentra ilegalmente en los EE. UU. pero aún no ha acumulado 180 días de presencia ilegal

Es posible que desee considerar dejar los EE. UU. ahora, para proteger su eventual derecho a una tarjeta verde. De esa manera, cuando llegue el momento de su entrevista consular, no enfrentará el problema de inadmisibilidad basado en su presencia ilegal de más de 180 días en los Estados Unidos.

Beneficios de que su prometido estadounidense se convierta en ciudadano estadounidense

Nuevamente, debido a que este es un proceso largo y prolongado, casarse con un residente permanente legal de los EE. UU. no es un camino rápido hacia el derecho a trabajar en los Estados Unidos.

Su prometido residente en los EE . UU. debe buscar la posibilidad de solicitar la ciudadanía estadounidense lo antes posible . Después de que se conviertan en ciudadanos, ya no tendrá que preocuparse por los períodos de espera o las fechas de prioridad, sino que puede solicitar una tarjeta verde de inmediato, es decir, si no enfrenta problemas debido a una estadía ilegal e inadmisibilidad. Pero si su última entrada a los EE. UU. fue legal (con una visa), incluso esto podría no ser un impedimento para ajustar el estado, en función de que ahora es pariente inmediato de un ciudadano de los EE. UU.

Sí, estas leyes son complejas y confusas. Lo mejor que puede hacer es consultar a un abogado de inmigración con experiencia para conocer los detalles.

Written by Andres Villanueva

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