Si se enfrenta a un proceso de expulsión (anteriormente conocido como deportación) , lo que significa que las autoridades de inmigración de los EE. UU. están tratando de expulsarlo de los Estados Unidos, pero tiene miedo de regresar a su país de origen, es posible que tenga una o dos opciones que lo mantengan a salvo. Implica solicitar asilo, junto con un remedio menor pero a veces útil llamado «suspensión de expulsión».
Sin embargo, el proceso de solicitud de asilo es diferente ahora que si presentara su solicitud sin la amenaza de expulsión pendiendo sobre usted, como se describe aquí.
Diferencia entre solicitar asilo «afirmativamente» y en los procedimientos judiciales de inmigración
Las personas que no están en proceso de deportación primero pueden presentar su solicitud de asilo y retención (en el Formulario I-589 ) directamente ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS). Después de que el I-589 haya sido aceptado para su procesamiento, asistirán a una entrevista en una oficina de asilo de USCIS. Solo si el oficial entrevistador no otorga el asilo, la persona será remitida a los procedimientos de la corte de inmigración para presentar la solicitud nuevamente ante un juez.
Pero si ya se encuentra en procedimientos judiciales de inmigración sin haber presentado un I-589 y haber sido remitido por la oficina de asilo, deberá presentar su solicitud de asilo directamente ante el juez de inmigración. Consulte Cómo completar el Formulario I-589 para obtener asilo en EE . UU . para obtener consejos sobre esta parte del proceso.
Haga todo lo posible para contratar a un abogado de inmigración de todos modos , porque esta es un área de la ley compleja y exigente. Se trata de algo más que rellenar formularios. Deberá presentar un caso coherente y convincente de por qué tiene miedo y cómo su miedo coincide con los motivos para recibir reconocimiento como refugiado, merecedor de asilo.
Motivos para recibir asilo y suspensión de expulsión
El asilo se otorga a los extranjeros que pueden demostrar que no pueden o no quieren regresar a su país de origen debido a que han enfrentado persecución en el pasado o tienen un temor fundado de persecución en el futuro, siempre que la persecución se base en al menos uno de cinco motivos : su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social.
La Suspensión de Expulsión es un recurso relacionado, que usted solicitaría al mismo tiempo que el asilo. Se otorga a las personas nacidas en el extranjero que puedan probar que, si regresaran a su país de origen, su vida o su libertad estarían amenazadas por uno de los cinco motivos protegidos enumerados anteriormente. El solicitante debe mostrar una «probabilidad clara» de persecución, lo que significa que es «más probable que no» que la persona sea objeto de persecución.
Además, existe un motivo separado de suspensión de la deportación previsto en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura, para los solicitantes que serían torturados si regresaran a su país de origen. (Esto a veces se llama alivio «CAT»).
Los estándares para la suspensión de la expulsión son más difíciles de cumplir que los del asilo . Pero la retención es una opción útil en los casos en que a la persona se le impide otorgar asilo por algún motivo, como la comisión de un delito en el pasado; sin embargo, realmente serían asesinados o torturados si regresaran a casa. Sin embargo, algunas personas incluso están excluidas de una concesión de retención de remoción, incluidas aquellas que han participado en la persecución de otros o aquellas que han cometido un delito particularmente grave.
Una concesión de retención de remoción no es tan beneficiosa como una concesión de asilo. No conduce a una tarjeta verde ; es solo la forma en que el gobierno de EE. UU. dice: «No lo deportaremos por ahora, debido a lo que enfrentaría en su país de origen».
Qué presentar: Formulario I-589 Plus Documentos
Completar el Formulario I-589 es solo el comienzo. También debe preparar una declaración personal detallada que explique su temor a la persecución, la necesidad de asilo, recopilar e incluir copias de documentos que demuestren quién es usted y qué peligro enfrenta en su país de origen, preparar declaraciones juradas de testigos y más.
Recuerde que muchas personas solicitan asilo, y las autoridades de inmigración de EE. UU. han visto muchos fraudes, en los que las personas «tomaron prestada» la historia de un amigo o inventaron una. Su trabajo es anticiparse a estas dudas y encontrar tantas formas de brindar información personal convincente corroborada por evidencia externa como sea posible.
Qué sucederá en la audiencia de la corte de inmigración
Para el momento de la audiencia ante el juez de inmigración, usted (con suerte con la ayuda de su abogado) habrá presentado toda la documentación descrita anteriormente. No hay que pagar para enviar esta solicitud.
En la audiencia, su abogado tendrá la oportunidad de hacerle preguntas para que pueda contarle personalmente al juez su historia y por qué ha enfrentado o teme actualmente persecución si regresa a su país de origen. (Consulte Cómo prepararse para una audiencia de deportación de inmigración ).
El juez puede interrumpir con preguntas. El abogado del gobierno de los EE. UU. también tendrá la oportunidad de contrainterrogarlo (hacer preguntas). También puede llamar a testigos para que testifiquen sobre por qué necesita asilo, ya sean amigos suyos o expertos externos, por ejemplo, sobre las condiciones en su país. El abogado del gobierno puede contrainterrogar a sus testigos (hacerles más preguntas y tratar de que admitan que su caso no es tan sólido después de todo).
Tu memoria se vuelve muy importante en este proceso. Así como podría pensar que conoce su propia historia, cualquiera puede confundirse con las fechas y otros detalles. Y si comienza a decir cosas que son inconsistentes, el juez podría dudar de su credibilidad (pensar que está mintiendo).
La audiencia no es un proceso placentero , pero debería darle la oportunidad de contar su historia en su totalidad y presentar su evidencia. Podría durar mucho más allá de un día. Si es necesario continuar para otro día, por lo general se reprogramará varias semanas o posiblemente meses en el futuro.
La decisión del juez de inmigración sobre su caso de asilo
Lo más probable es que el juez de inmigración le informe su decisión al final de la audiencia. Al juez le llevará mucho tiempo explicar la decisión. Es posible que se sienta frustrado esperando escuchar el «aprobado» o «denegado» final. Esto se debe a que el juez está tratando de crear un registro en caso de que usted o el gobierno decidan presentar una apelación. (La transcripción se convertirá en parte de su archivo).
Si usted o el gobierno apelan la decisión del juez (ambas son posibles), la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) y luego la corte federal que escucha su caso no solo revisarán su solicitud y documentos, sino que leerán la transcripción de la decisión del juez para averiguar si el juez actuó correctamente.
Si finalmente se aprueba su caso de asilo, se le entregará una declaración por escrito que lo refleje. Más tarde, se le enviará por correo un formulario llamado «I-94», que muestra su estado como asilado y su derecho a trabajar. No debe tener fecha de caducidad.