Si es una persona nacida en el extranjero en los EE. UU. con estatus de no inmigrante (lo que generalmente significa que ingresó con algún tipo de visa), es importante evitar perder el estatus migratorio y estar en los Estados Unidos ilegalmente. Pero si desea cambiar de un estado migratorio a otro sin salir de los Estados Unidos, puede ser complicado en cuanto al momento. Hay formas legales de hacer el cambio incluso con un intervalo de tiempo en el medio, pero solo si se asegura de que nunca deje que un estado caduque sin tener otro en proceso.
Veremos más de cerca cómo hacer eso, y así mantener su derecho a estar en los EE. UU., dentro de este artículo.
Qué sucede cuando finaliza su estadía permitida en los EE. UU.
Como titular de una visa de no inmigrante (temporal) , probablemente sepa que su estadía permitida en los EE. UU. expirará en algún momento. Es muy probable que esa fecha de vencimiento esté especificada en su Formulario I-94 Registro de llegada/salida .
( Los titulares de una visa de estudiante F-1 son una excepción; su visa generalmente dice «D/S» para la duración del estado, lo que significa que pueden permanecer en los EE. UU. hasta completar sus estudios y cualquier empleo autorizado, conocido como Capacitación práctica opcional, siguiendo graduación.)
Cuando llegue al final de su estadía permitida en los EE. UU., más cualquier «período de gracia» que pueda estar permitido según los términos de su visa, se espera que se vaya de inmediato. Ya no tiene estatus legal.
En muchas situaciones, aunque el sello de su visa en su pasaporte, que recibió del consulado o la embajada de los EE. UU. en el extranjero, todavía puede ser válido, puede anularse automáticamente. En este punto, a menos que existan circunstancias apremiantes fuera de su control, o se encuentre dentro de otra excepción, es demasiado tarde para pensar en tomar medidas para obtener un nuevo estatus legal en los Estados Unidos. Incluso si califica para ello, el hecho de que su estado haya expirado significa que no puede permanecer en los EE. UU. para solicitarlo.
Para evitar este resultado, planifique con anticipación y tome medidas para extender o cambiar su estado (como se describe a continuación) ANTES de que llegue su fecha de vencimiento.
Situaciones excepcionales en las que se puede superar una brecha de estatus
Se aplican algunas excepciones notables a la regla anterior. Por ejemplo, si ingresó a los EE. UU. con una visa y luego decide casarse con un ciudadano de los EE. UU., puede solicitar una tarjeta verde de los EE. UU. (residencia permanente legal, a través del procedimiento conocido como ajuste de estatus ) incluso después de su fecha de vencimiento, sin tener salir primero de los Estados Unidos. Tenga en cuenta, sin embargo, que su estadía será ilegal hasta el día en que entregue su solicitud de ajuste de estatus, lo que significa que corre el riesgo de ser atrapado y puesto en proceso de deportación .
Otra excepción importante se aplica a las personas que han enfrentado persecución en su país de origen o que temen ser perseguidas a su regreso. Pueden solicitar asilo incluso si se ha agotado el tiempo permitido bajo una visa. Sin embargo, se espera que presenten su solicitud dentro de un año de la entrada a los EE. UU. o un año de la fecha de vencimiento de su estadía permitida, según la política actual. Para conocer las reglas de elegibilidad, consulte ¿Quién es elegible para asilo o protección de refugiados en los EE. UU.?
Algunos titulares de visas pueden solicitar la extensión de su estatus en los EE. UU.
Si actúa de manera oportuna, es posible que pueda obtener una extensión de estatus con su visa actual (o cambiar su estatus a otro, como se describe más adelante). La mayoría de las visas estadounidenses permiten al menos una extensión.
Sin embargo, ciertos entrantes no pueden extender su estadía bajo ninguna circunstancia, incluidos aquellos que ingresaron:
- sin visa, utilizando el Programa de Exención de Visa (VWP)
- como tripulante (con visa D)
- en tránsito con una visa C
- en tránsito sin visado (TWOV)
- como prometido(a) de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido(a) (visa K), o
- como informante (o familiar acompañante) con información sobre terrorismo o crimen organizado (visa S).
Si tiene cualquier otro tipo de visa, deberá analizar la duración de la posible extensión y si existe un límite máximo establecido en la cantidad de años que puede pasar en los EE. UU. con esa visa. Por ejemplo, si ingresó a los EE. UU. con una visa B ( un visitante por negocios o placer ), puede extender su estadía hasta por seis meses, por una estadía máxima de un año. Los titulares de visas basadas en el trabajo generalmente pueden extender sus estadías aún más, asumiendo que su empleador desea mantenerlas.
Una vez que envíe su solicitud para una extensión de estatus, se le permite permanecer en los EE. UU. hasta que reciba una decisión del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS), incluso si su estadía permitida vence mientras el USCIS está considerando su solicitud.
Algunos titulares de visas pueden solicitar cambiar o ajustar su estado en los EE. UU.
Si califica para otro tipo de visa diferente a la que tiene actualmente, o para una tarjeta verde de los EE. UU. (residencia permanente legal), es probable que pueda solicitarla sin salir de los Estados Unidos. Lo haría a través de un cambio de estado o una solicitud de ajuste de estado.
Nuevamente, sin embargo, deberá presentar su solicitud antes de que se agote su estadía permitida bajo su visa anterior (sujeto a excepciones, como matrimonio con un ciudadano estadounidense y solicitud de asilo, como se describe anteriormente).
Para solicitar el cambio de estatus migratorio a otro temporal, se llena el mismo formulario que para una prórroga; Formulario I-539. Consulte Solicitar una extensión de una visa estadounidense o cambio de estado para obtener más detalles. Tenga en cuenta que si está cambiando a una visa de trabajo, su empleador presentará una petición I-129 para patrocinarlo para la autorización de trabajo y cambiar su estado.
Si es elegible para cambiar de una visa de visitante B a una visa de estudiante F-1 , tenga en cuenta que es posible que deba extender su visa B-1 antes o al mismo tiempo que su solicitud de cambio de estado F-1. Eso significa dos aplicaciones separadas.
Para solicitar el ajuste de estatus y convertirse en residente permanente, es probable que necesite que un familiar o empleador presente una solicitud de visa por usted (por lo general , el Formulario I-130 para peticiones familiares o el Formulario I-140 para peticiones de empleadores). Después de que USCIS apruebe esto, deberá presentar el Formulario I-485 y los documentos de respaldo ante la agencia. (Sin embargo, en algunos casos, la petición inicial y el I-485, etc., se pueden presentar ante el USCIS a la vez o al mismo tiempo. Consulte, por ejemplo, Cómo presentar un I-140 y un I-485 simultáneamente para acelerar la recepción de empleo -Tarjeta verde basada .)
Esta es un área compleja de la ley, así que asegúrese de consultar a un abogado de inmigración para obtener ayuda.