Un delito grave puede hacer que un no ciudadano sea expulsado (deportado)
Por razones obvias, la ley estadounidense está establecida para proteger al país contra los visitantes extranjeros que cometen delitos aquí. Entre los diversos delitos que pueden hacer que un no ciudadano de los Estados Unidos sea deportado se encuentran los denominados delitos graves con agravantes. Así, una persona nacida en el extranjero que se encuentre en los Estados Unidos con una visa o una tarjeta verde ( residencia permanente legal ) y que cometa un delito grave agravado puede ser expulsada o deportada del país. Sin embargo, determinar qué delitos son delitos agravados no siempre es fácil.
No se puede juzgar un crimen por su nombre. Las personas que han sido condenadas por delitos de bajo nivel clasificados como delitos menores , o por otros delitos que no fueron imputados como delitos graves en su estado, han cometido un delito grave con agravantes y luego han sido deportadas.
En la ley de inmigración, el delito grave agravado se define de manera mucho más amplia que en las leyes penales de la mayoría de los estados. La definición se encuentra en la Sección 101(a)(43) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, o la Sección 1101(a)(43) del Código de EE . UU . En resumen, la definición de la ley federal nombra los siguientes delitos graves con agravantes:
(A) asesinato, violación o abuso sexual de un menor
(B) tráfico ilícito de una sustancia controlada
(C) tráfico ilícito de armas de fuego o dispositivos destructivos o materiales explosivos
(D) lavado de dinero o participación en transacciones monetarias en bienes derivados de actividad ilegal específica si el monto de los fondos excedía los $10,000
(E) ciertos materiales explosivos o delitos con armas de fuego
(F) un delito de violencia (sin incluir un delito puramente político) para el cual la pena de prisión es de al menos un año
(G) robo ( incluida la recepción de propiedad robada) o robo si la pena de prisión fue de al menos un año
(H) secuestro o solicitud de rescate o recepción de rescate
(I) pornografía infantil
(J) extorsión o apuestas si hubiera podido imponerse una pena de un año de prisión o más
; (K) poseer, controlar, administrar o supervisar un negocio de prostitución; transporte con fines de prostitución si se comete con fines comerciales; o peonaje, esclavitud, servidumbre involuntaria o trata de personas
(L) recopilación o transmisión de información de defensa nacional, divulgación de información clasificada, sabotaje, traición o compromiso de la identidad de agentes de inteligencia encubiertos
(M) fraude o engaño en el que la pérdida para la víctima o víctimas excede los $10,000; o evasión fiscal en la que la pérdida de ingresos para el Gobierno supera los $ 10,000
(N) contrabando de extranjeros, excepto una primera ofensa por la cual el extranjero haya demostrado afirmativamente el propósito de ayudar, instigar o ayudar solo al cónyuge, hijo o padre del extranjero (y a ninguna otra persona)
(O) entrada ilegal a los EE. UU. por parte de un extranjero que fue deportado anteriormente sobre la base de una condena por un delito grave con agravantes
(P) falsificar, falsificar, falsificar, mutilar o alterar un pasaporte o instrumento (fraude de documentos) por el cual la pena de prisión es de al menos 12 meses; excepto en el caso de un primer delito por el cual el extranjero haya demostrado afirmativamente que el delito se cometió con el propósito de asistir, instigar o ayudar al cónyuge, hijo o padre del extranjero (y a ninguna otra persona)
(Q) inasistencia al cumplimiento de la pena si el delito subyacente es punible con pena privativa de libertad de cinco años o más
(R) cohecho comercial, falsificación, falsificación o tráfico de vehículos cuyos números de identificación hayan sido alterados, si el término de la prisión es de al menos un año;
(S) obstrucción de la justicia, perjurio o soborno de perjurio, o soborno de un testigo, por lo que la pena de prisión es de al menos un año
(T) falta de comparecencia ante un tribunal de conformidad con una orden judicial para responder o disponer de un cargo de un delito grave por el cual se puede imponer una sentencia de dos años de prisión o más
(U) un intento o conspiración para cometer un delito grave agravado.
Lo mejor que puede hacer si ha sido acusado de un delito y no es ciudadano de los EE. UU. es contratar no solo a un abogado penal, sino también a un abogado de inmigración . El abogado de inmigración puede ayudar a asegurarse de que el delito del que se le acusa o del que acepta declararse culpable probablemente no se defina como un delito grave con agravantes según las leyes de inmigración.
Si tiene bajos ingresos, el gobierno debe proporcionarle un abogado penal gratuito (un «defensor público»). Sin embargo, deberá pagar por separado el abogado de inmigración. Probablemente valga la pena el costo, porque pocos abogados penales entienden las implicaciones de las condenas penales en los casos de inmigración. El abogado penalista podría darle consejos que serían buenos para un ciudadano estadounidense; por ejemplo, «¡Declararse culpable de esto y evitará ir a la cárcel!»; pero ese podría ser el peor consejo desde el punto de vista de inmigración y resultar en su deportación .
Y si ya ha sido condenado por un delito y se enfrenta a la deportación, también querrá contratar a un abogado de inmigración, si es posible. Si aún no es residente permanente, pero solo se encuentra en los EE. UU. con una visa de no inmigrante , puede ser expulsado de los EE. UU. sin una audiencia ante un juez en un tribunal de inmigración.
Como aparente delincuente agravado, espere ser puesto en detención. Los delincuentes con agravantes no son elegibles para la libertad bajo fianza .
Los delincuentes con agravantes no son elegibles para solicitar asilo o las protecciones de la Convención contra la Tortura, a pesar de cualquier temor que puedan tener de persecución en su país de origen. Tampoco son elegibles para una defensa contra la deportación conocida como cancelación de deportación .
Una vez que haya sido condenado por un delito grave con agravantes y expulsado de los EE. UU., será inadmisible de forma permanente. En otras palabras, nunca más será elegible para una visa estadounidense o tarjeta verde.