Aquí hay algunas preguntas que la gente suele hacer sobre las reglas y procedimientos de inmigración relacionados con el ajuste de estatus. En su forma más básica, este es un proceso de solicitud mediante el cual las personas obtienen la residencia permanente legal en los EE. UU. (una tarjeta verde ) directamente de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. en los Estados Unidos; sin tener que visitar un consulado estadounidense en el extranjero. Pero este proceso basado en los Estados Unidos no está abierto a todos; particularmente porque su elegibilidad para una tarjeta verde y su elegibilidad para obtenerla a través del ajuste de estatus son dos cosas diferentes.
¿Qué es el ajuste de estatus?
El ajuste de estatus es el procedimiento de solicitud mediante el cual una persona en los Estados Unidos pasa de tener un estatus migratorio, como titular de una visa temporal, o en algunos casos ningún estatus migratorio, a tener el estatus de residente permanente o condicional ( tarjeta verde). titular ), todo sin salir de los Estados Unidos.
Compare esto con el procedimiento para las personas que viven en el extranjero cuando solicitan tarjetas verdes, o que no son elegibles para usar el procedimiento de ajuste de estatus a pesar de que viven en los Estados Unidos. Estas personas deben usar un procedimiento llamado procesamiento consular (CP). Aunque algunos de los trámites para CP pueden ser manejados a través de las oficinas de inmigración con sede en los EE. UU., el papeleo final y la entrevista son manejados por una embajada o consulado de los EE. UU., muy probablemente en el país de origen del inmigrante.
El procedimiento de ajuste de estatus incluye no solo la presentación de varios formularios y documentos, sino también una entrevista en una oficina de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
¿Quién es elegible para ajustar el estado?
Solo un grupo reducido de personas puede usar este procedimiento para obtener una tarjeta verde; y no incluye a todos los que son técnicamente elegibles para la residencia en los EE. UU. Estos son los numerosos requisitos para ser elegible para utilizar el procedimiento de ajuste de estatus:
- Debe ser elegible para una tarjeta verde de los EE. UU. (residencia permanente o condicional), muy probablemente a través de un familiar cercano que sea ciudadano de los EE. UU. o residente permanente, un empleador o un asilado o refugiado.
- Si su elegibilidad se basa en el empleo o la familia, ya debe tener una solicitud de visa aprobada en el archivo, y su fecha de prioridad debe ser actual (si tiene una fecha de prioridad, esto se aplica a los inmigrantes en «categorías de preferencia» que a menudo deben pasar tiempo en una lista de espera antes de recibir su visa de inmigrante o tarjeta verde, debido a los límites anuales de visas y la alta demanda de las mismas). (Existen algunas excepciones a la regla sobre tener una petición aprobada en el archivo, para inmigrantes en categorías en las que la petición se puede presentar al mismo tiempo que la solicitud de ajuste de estatus).
- Si su elegibilidad se basa en el estatus de asilo o refugiado , debe haber esperado un año desde su aprobación de asilo o su entrada a los Estados Unidos con estatus de refugiado.
- Debes estar físicamente en los Estados Unidos.
- No debe haber ingresado a los EE. UU. como tripulante extranjero, en tránsito sin visa («TWOV») o bajo el Programa de exención de visa (VWP) (aunque la entrada en el VWP está bien si es pariente inmediato de un estadounidense). ciudadano).
- Debe (con algunas excepciones, como para familiares inmediatos) tener un estado de visa válido y no haberse quedado más allá de la fecha de vencimiento de su estadía permitida (» permanecer más tiempo «) o trabajar ilegalmente.
- Si cumple con la mayoría de los criterios pero no es elegible para ajustar debido a una entrada ilegal u otra visa o violación de estado, debe cumplir con una ley antigua llamada 245 (i). Esto significa que puede ajustar el estado, previo pago de una multa de $1,000, si:
- el beneficiario de una solicitud de visa de inmigrante o certificación laboral (incluyendo I-140, I-130, I-360 o I-526) que se presentó el 30 de abril de 2001 o antes, y
- si la petición se presentó entre el 14 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001, también puede probar que estuvo físicamente presente en los EE. UU. el 21 de diciembre de 2000.
La buena noticia es que muchas personas que no pueden ajustar su estatus aún pueden solicitar una tarjeta verde desde el extranjero, como se describe más adelante en este artículo.
¿Puedo ajustar el estatus si me casé con un ciudadano estadounidense?
Eso depende. Cada inmigrante que se casa con un ciudadano estadounidense se convierte en un «pariente inmediato», en términos de la ley de inmigración, y teóricamente elegible para una tarjeta verde . Pero eso no significa que sean elegibles para obtener esa tarjeta verde mediante el ajuste de estatus , incluso si están en los Estados Unidos.
Da la casualidad de que las personas que ingresaron a los Estados Unidos legalmente (con una visa válida, que no estaban usando indebidamente con el fin de obtener una tarjeta verde) y están casadas con un ciudadano estadounidense son, en la mayoría de los casos, elegibles para ajustar el estatus. No importa si se quedaron más tiempo del permitido en su visa o documento de entrada.
Sin embargo, las personas que ingresaron ilegalmente y se casaron con un ciudadano estadounidense (sujeto a algunas excepciones limitadas) no son elegibles para ajustar el estatus. Todavía pueden usar el procesamiento consular, pero probablemente necesitarán una exención de su presencia ilegal para poder regresar a los Estados Unidos.
¿Qué pasa si soy elegible para una tarjeta verde, pero no para ajustar el estado?
Si no es elegible para ajustar el estado, es posible que aún pueda obtener una tarjeta verde a través del procesamiento consular. De hecho, eso se considera el procedimiento «normal». No debería ser un problema si ya vives en el extranjero. Tampoco es un problema si vives legalmente en los EE. UU. en este momento; su caso simplemente será trasladado al consulado cuando llegue el momento de asistir a una entrevista.
Sin embargo, tenga en cuenta que si se encuentra ilegalmente en los EE. UU. ahora y ha pasado más de seis meses en los Estados Unidos ilegalmente, es probable que enfrente sanciones en su entrevista para la visa que le obliguen a permanecer fuera de los EE. UU. durante tres o diez años , a menos que califique para una exención .
Este es definitivamente un tema para tratar con un abogado de inmigración antes de salir de los EE. UU. para una entrevista consular, especialmente porque algunos familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses podrían solicitar una exención «provisional» o « en el estado» (en el Formulario I- 601A) antes de salir de los EE. UU., lo que puede evitar quedarse atrapado afuera durante muchos años en los casos en que se deniega la exención.
¿Qué formularios de solicitud y documentos necesito para ajustar el estado?
El formulario principal que debe completar es el Formulario I-485 , Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
Independientemente de la base sobre la que presente la solicitud, incluya una copia de un documento de identidad emitido por una agencia gubernamental, como un pasaporte. También incluya una copia de su certificado de nacimiento (traducido palabra por palabra, si no está en inglés). (Consulte este formato de muestra para traducir documentos que no están en inglés para solicitudes de inmigración ).
Si aún no ha recibido la aprobación de la petición y es elegible para presentar su petición y las solicitudes de ajuste al mismo tiempo, deberá enviar el Formulario I-130 (y los documentos de respaldo) si su tarjeta verde se basa en la familia, el Formulario I-140 si su tarjeta verde se basa en el empleo, o alguna otra petición según corresponda (como el I-360 para inmigrantes especiales). Si ya ha recibido aprobaciones de estas (o de otra petición, como una petición de visa de prometido I-129F), simplemente envíe copias del aviso de aprobación.
Suponiendo que ingresó legalmente a los EE. UU. y está ajustando su estatus sobre esa base, incluya una copia de su Formulario I-94 Registro de llegada/salida.
También debe pagar una tarifa de presentación y una tarifa biométrica (huellas dactilares), y enviar dos fotografías (estilo pasaporte).
A menos que sea un refugiado, asilado o con una visa de prometido K-1 , también deberá enviar los resultados de un examen médico realizado en el Formulario I-693 por un médico en la lista oficial de USCIS. Las personas que ingresaron con visas de prometido K-1 o como refugiados no necesitan repetir el examen médico que habían realizado anteriormente, pero ahora deben cumplir con los requisitos de vacunación.
Es una buena idea presentar también el Formulario I-765 , solicitud de autorización de empleo, que le permite trabajar en los Estados Unidos. Y si cree que podría viajar antes de que se decida su solicitud, asegúrese de enviar el Formulario I-131 , Solicitud de documento de viaje.
Los solicitantes basados en visas de novios deben presentar una copia de su certificado de matrimonio.
Los inmigrantes basados en la familia deben presentar una Declaración Jurada de Patrocinio, firmada por el peticionario, en el Formulario I-864 , para ayudar a demostrar que no son inadmisibles como una probable » carga pública «.
Los inmigrantes basados en el empleo también deben presentar una carta de su empleador que indique que el trabajo aún está disponible y qué salario se pagará, así como copias de talones de pago.
El paquete completo de formularios, documentos, fotos y tarifas debe enviarse a la oficina de USCIS que tenga jurisdicción sobre su lugar de residencia en EE. UU.; puede encontrar la dirección en la página web I-485 .
Después de enviar su paquete, USCIS lo revisará para verificar que esté completo. Si falta algo, USCIS le devolverá todo para que lo vuelva a llenar (le enviará un » RFE » o Solicitud de evidencia).
Se le pedirá que visite una oficina local de USCIS dentro de un período de tiempo determinado para enviar su información biométrica. Más tarde, se le enviará una cita para una entrevista.
¿Realmente necesito presentar el I-131 para obtener un documento de viaje de permiso anticipado?
La espera para una entrevista de ajuste de USCIS suele ser de muchos meses y numerosos inmigrantes desean viajar fuera de los Estados Unidos durante ese tiempo. Tal vez les gustaría visitar su país de origen o tomarse unas vacaciones. Pero sin una planificación previa, ese tipo de viaje puede destruir el caso de inmigración de uno. Para empezar, si el inmigrante no solicita y recibe lo que se llama «Advance Parole» antes de irse, USCIS asumirá que el inmigrante ya no está interesado en la tarjeta verde y está «abandonando» la solicitud. USCIS cancelará el caso y tendrá que empezar de nuevo.
Al solicitar la libertad condicional anticipada, puede obtener un documento de viaje que le otorga permiso para regresar a los Estados Unidos a fin de reanudar su solicitud de ajuste de estatus cuando finalice su viaje. Afortunadamente, es fácil solicitarlo y la mayoría de las personas envían el Formulario I-131 al mismo tiempo que la solicitud de Ajuste de estatus.
Aquí hay algunas precauciones importantes acerca de viajar con un documento de permiso anticipado.
- Tener la libertad condicional anticipada otorgada no significa que tenga garantizado el permiso para volver a ingresar a los Estados Unidos. Simplemente significa que no ha abandonado su solicitud de Ajuste de Estatus.
- Si es un asilado y regresa al país del que escapó, EE. UU. podría denegar su solicitud de ajuste de estatus. La lógica es que si se siente seguro al regresar a un país del que solicitó asilo, entonces realmente no tiene miedo de ser perseguido allí y no necesita la protección de los Estados Unidos.
- Si ha estado viviendo ilegalmente en los EE. UU., es afortunado de que una decisión de 2012 de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) llamada Matter of Arabally and Yerabelly sostuvo que las salidas de personas con solicitudes de ajuste pendientes y permiso de libertad condicional anticipada NO serían se considera que activa las prescripciones de tres y diez años que, de otro modo, son motivos problemáticos de inadmisibilidad. Pero si tiene dudas, consulte a un abogado.
¿Qué sucede en la entrevista de ajuste de estatus?
Varios meses después de enviar su paquete, USCIS lo llamará a usted y posiblemente a su peticionario (el ciudadano, residente o empleador de los EE. UU. que presentó su petición) para una entrevista.
Si no puede asistir a la entrevista en la fecha señalada, comuníquese con USCIS y solicite una reprogramación. Si no solicita dicha reprogramación y simplemente no se presenta a la entrevista, su solicitud será denegada y es posible que lo retiren de los Estados Unidos.
Lleve a la entrevista una identificación con foto, como un pasaporte o una licencia de conducir. También tendrá que pasar por un control de seguridad para ingresar al edificio federal. Y deberá seguir los últimos protocolos de COVID , como traer y usar una máscara que cumpla con los requisitos del gobierno de EE. UU.
Durante la entrevista, el oficial de USCIS revisará su solicitud y le hará preguntas para determinar su elegibilidad y la capacidad financiera de su peticionario para mantenerlo (en un caso familiar).
Si la solicitud se basa en el matrimonio con un ciudadano estadounidense o un residente permanente, deberá presentar prueba de que realmente está casado y vive en pareja. También espere preguntas adicionales sobre su matrimonio. Si es relevante, consulte Cómo ajustar el estatus (a residente permanente) después del matrimonio con un ciudadano estadounidense .
Obtener ayuda legal
Si se encuentra en los Estados Unidos y cree que es elegible para una tarjeta verde, pero no está absolutamente seguro de que califica para ajustar el estado, o tiene factores que complican su situación, como antecedentes penales, consulte a un abogado de inmigración con experiencia.