Si permanece en los Estados Unidos más allá de la fecha permitida por su visa de entrada (que se muestra en su Formulario I-94 Registro de llegada/salida creado por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU.), corre el riesgo de ser expulsado de los Estados Unidos ( deportado ) en cualquier momento. Sin embargo, muchas personas optan por quedarse más tiempo, con la esperanza de que eventualmente puedan ajustar su estatus. (El ajuste de estatus es el proceso de solicitar una tarjeta de residencia sin salir de los Estados Unidos ). Desafortunadamente, una visa que se quedó más tiempo puede arruinar sus posibilidades de ajustar el estatus e inmigrar.
¿Es usted elegible para una tarjeta verde de EE. UU.?
Si actualmente no tiene una base conocida para obtener una tarjeta verde de EE. UU., quedarse más tiempo que su visa con la esperanza de que sea elegible es una gran apuesta. Incluso si llegara a ser elegible para la tarjeta verde, su estadía excesiva podría interferir con su capacidad para ajustar el estado a residente de los EE. UU., como se explica a continuación.
La elegibilidad para una tarjeta verde no es lo mismo que la elegibilidad para ajustar el estado
Si de hecho es elegible para una tarjeta verde de los EE. UU., tal vez porque está estrechamente relacionado con un ciudadano de los EE. UU. o un residente permanente , o porque tiene un empleador dispuesto a presentar una solicitud por usted, eso es genial. Pero tenga en cuenta que no todos los que son elegibles para una tarjeta verde también son elegibles para ajustar el estado para obtenerla. La mayoría de las personas, aunque no todas, tendrán que regresar a su país de origen para la parte final del proceso de solicitud de la tarjeta verde, que incluye una entrevista con un funcionario del gobierno de EE. UU. en el consulado o la embajada allí. (Consulte ¿Qué sucede durante el procesamiento consular? ).
Eso puede no sonar mal, hasta que se dé cuenta de algo importante acerca de los motivos de inadmisibilidad en las leyes de inmigración de los EE. UU. Si permaneció en los EE. UU. ilegalmente durante más de seis meses (180 días), cuando llegue a su entrevista de visa en el extranjero, el oficial consular lo penalizará (a menos que se ajuste a una excepción limitada) negándose a permitirle regresar a los Estados Unidos. por tres años. Si se quedó más de un año entero o más, la sanción es de diez años. Esto es lo que se llama un motivo de » inadmisibilidad «.
Su única esperanza podría ser solicitar una «exención» (perdón legal) basada en las dificultades que experimentarían sus parientes ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes si se le negara una tarjeta verde, pero estas exenciones pueden ser difíciles de obtener. (Consulte, por ejemplo, Permanecer en los EE. UU. con la exención provisional de inadmisibilidad I-601A ).
Las personas que pueden ajustar su estatus y lo hacen, es decir, procesar toda su solicitud de tarjeta verde sin salir de los Estados Unidos, no enfrentan estas sanciones.
¿Quién es elegible para ajustar el estado incluso después de una estadía excesiva de la visa?
En realidad, a algunas personas se les permite ajustar el estado incluso después de que su visa haya expirado, como aquellos que:
- ingresó a los Estados Unidos legalmente (después de la inspección de un funcionario fronterizo u otro funcionario de inmigración) y está solicitando la residencia como pariente inmediato de un ciudadano de los EE. UU. (lo que significa cónyuge, hijo menor soltero o padre si el ciudadano tiene más de 21 años), o
- tenía una solicitud de visa o certificación laboral presentada para ellos hace varios años, bajo una antigua ley llamada 245 (i).
Pero no debe intentar averiguar su propia elegibilidad para ajustar el estado después de una estadía excedida sin ayuda legal experimentada.
¿Puede renovar su estatus migratorio actual en los EE. UU.?
Si es probable que el estado de su visa expire antes de que pueda solicitar el ajuste de estado, comuníquese con un abogado de inmediato, antes de que ocurra la estadía. El abogado puede ayudarlo a averiguar si es posible una extensión o renovación en su categoría de visa, o si existe alguna otra solución a la situación. Tenga en cuenta que es posible que no pueda permanecer legalmente en el país, al menos a corto plazo.
¿Ya solicitó a USCIS para ajustar el estado?
Si ya envió su Formulario I-485 y los formularios y documentos de respaldo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. ( USCIS ), y recibió un reconocimiento de que lo recibió y lo aceptó para su procesamiento, no tiene que preocuparse por renovar su visa. Su estatus en los EE. UU. es legal mientras espera la entrevista en la que se decidirá su ajuste de estatus.
Protegiendo su capacidad futura para obtener visas estadounidenses
Si se queda más tiempo que la visa y luego sale de los Estados Unidos, su registro puede ser examinado cada vez que solicite visas futuras. Se le puede negar en base a su historial de salidas tardías de los Estados Unidos.
Si cree que puede ser elegible para una tarjeta verde, pero se acerca la fecha de vencimiento de su estadía permitida según los términos de una visa, o ya se ha quedado más tiempo del debido, definitivamente querrá consultar con un abogado.
El abogado puede analizar su situación personal y decirle cuánto tiempo es seguro para usted permanecer en los Estados Unidos, si puede ajustar el estado y, de no ser así, si es probable que califique para una exención que le permita obtener una tarjeta verde. a través del procesamiento en el extranjero (conocido como «procesamiento consular»).