Perder su trabajo justo cuando estaba cerca de ser aprobado para una tarjeta verde (residencia permanente legal) de los EE. UU. en base a ese empleo puede ser un shock. Desafortunadamente, no hay nada que impida que un empleador rescinda el puesto ofrecido a un ciudadano extranjero, incluso cuando aún está pendiente una solicitud de tarjeta verde basada en el empleo.
Este artículo describe las posibilidades para que dichos solicitantes continúen en el camino hacia la obtención de una tarjeta verde de los EE. UU. , así como también cómo mantener el estatus legal en los EE. UU. mientras esperan que se resuelva la situación.
¿Puedo continuar con el procesamiento de mi tarjeta verde de EE. UU.?
Una de las primeras preguntas que hacen los solicitantes inmigrantes que pierden un trabajo es: «¿Cómo puedo continuar con mi solicitud de alguna manera?» (Suponemos que ya envió el Formulario I-485 para ajustar su estatus en los Estados Unidos).
La buena noticia es que podría ser posible obtener una tarjeta verde a pesar de este contratiempo. La mala noticia es que es posible que deba comenzar de nuevo desde el principio, encontrando otro empleador dispuesto a patrocinarlo para obtener una tarjeta verde. Es posible que ese nuevo empleador deba pasar por todo el proceso de certificación laboral (incluida la publicidad, el reclutamiento, etc.) en su nombre y luego presentar una nueva petición I-140 por usted . Solo en ese momento podría presentar la solicitud I-485; otra vez
Podrá conservar su fecha de prioridad anterior a los efectos de su nueva petición I-140. Por ejemplo, si su solicitud I-485 anterior se basó en un I-140 con fecha de prioridad del 1 de diciembre de 2019, podrá conservar esa fecha de prioridad con su nueva petición I-140, incluso si su nueva petición es no presentado hasta el 1 de diciembre de 2022 (o cualquier otra fecha en el futuro).
Pero hay una subcategoría importante de personas que no necesitan volver al punto de partida. Si su solicitud I-485 (basada en su trabajo original) ha estado pendiente por más de 180 días y puede encontrar un trabajo con otro empleador que sea similar al puesto descrito en su I-140 anterior, podrá hacer uso de una ley estadounidense denominada AC21.
Bajo AC21, un trabajador cuya solicitud I-485 ha estado pendiente durante al menos 180 días puede cambiar de trabajo y pasar a un empleador diferente (es decir, un empleador que no patrocinó la petición I-140 del trabajador) para trabajar en un puesto que es similar a la posición en la petición I-140 anterior. Estos 180 días se cuentan a partir de la fecha de recepción de su solicitud I-485. Por ejemplo, si la fecha de recepción de su solicitud I-485 es el 1 de enero de 2022, puede usar AC21 como base para cambiar de empleador en cualquier momento después del 30 de junio de 2022.
Este cambio de trabajo se conoce como «transferencia». La portabilidad es muy simple, y los trabajadores extranjeros realizan la portabilidad a diferentes empleadores todos los días. El procedimiento para notificar a USCIS de su nuevo trabajo es enviar el Formulario I-485 Suplemento J para proporcionar los detalles sobre su nuevo trabajo y empleador.
Usted envía el Suplemento J cuando cambia de trabajo después de la marca de 180 días, cuando responde a una Solicitud de Evidencia o Aviso de Intención de Denegar para su Solicitud de Ajuste I-485 pendiente, o cuando se presenta a una entrevista en un USCIS local. oficina para revisar su Solicitud de Ajuste. No hay tarifa de presentación. Envíe el Suplemento J a la misma dirección para enviar las solicitudes I-485 o en persona en su entrevista.
USCIS continuará procesando la solicitud I-485. No debe haber ninguna interrupción en el proceso debido a la portabilidad.
Cómo permanecer en un estatus de inmigración legal después de perder un trabajo con el empleador que lo patrocinó
Otra preocupación importante para los ciudadanos extranjeros es cómo mantener un estatus legal en los EE. UU. después de perder el trabajo. Si ya presentó la solicitud I-485, se encuentra en «estado autorizado». Perder su trabajo, en sí mismo, NO pone automáticamente en peligro su estatus. Permanecerá en el estado hasta que USCIS revise su caso (lo llame para una entrevista) y niegue la solicitud I-485.
En el momento en que presentó su solicitud I-485, también debería haber solicitado la libertad condicional anticipada (AP) (en el formulario I-131 de USCIS) y la autorización de empleo (EAD) (en el formulario I-765 de USCIS). Si no presentó estos formularios, debe hacerlo lo antes posible.
Su AP le permitirá viajar al extranjero mientras espera una decisión sobre su I-485 (aunque esto no se recomienda hasta que haya resuelto su situación laboral).
Además, el EAD le permitirá trabajar para cualquier (o varios) empleadores estadounidenses sin que el empleador presente una petición H-1B en su nombre. Recuerde, una vez que tenga una nueva oferta de empleo, puede calificar para la «transferencia» según AC21 (consulte la explicación de AC21 anterior).
Consulte Cómo mantener el estatus legal H-1B mientras espera una tarjeta verde para obtener más detalles.
Es posible que necesite ayuda profesional
Si bien perder un trabajo con un empleador estadounidense patrocinador puede tener consecuencias graves para su estatus migratorio, la ley de los EE. UU., y en particular AC21, brinda varias vías para mantener su estatus legal y continuar con el procesamiento de su tarjeta verde. Sin embargo, las complejidades de estas leyes hacen que sea potencialmente difícil para usted aprovechar sus disposiciones. Se recomienda encarecidamente que consulte con un abogado de inmigración acerca de sus opciones.