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Solicitud de una exención I-192: «perdón» de la inadmisibilidad de EE. UU.

Para los solicitantes de visa que han sido considerados «inadmisibles», una exención en el Formulario I-192 puede permitirles ingresar a los EE. UU. con una visa de no inmigrante.

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¿Le resulta imposible obtener una visa de no inmigrante (temporal) para ingresar a los Estados Unidos? Es posible que haya oído hablar del Formulario I-192 o del concepto de exención en la ley de inmigración de EE. UU. En términos generales, una exención es una forma de perdón otorgada por las autoridades de inmigración de EE. UU. a personas que son legalmente «inadmisibles». Eso incluye, por ejemplo, a las personas que han cometido ciertos actos delictivos, contraído ciertas enfermedades transmisibles, cometido ciertos tipos de delitos internacionales o que han tenido tipos específicos de eventos en su pasado.

El formulario I-192 es una solicitud para un tipo específico de exención que utilizan las personas que desean obtener dicho perdón e ingresar a los EE. UU. de manera temporal y no inmigrante. (No sirve para nadie que solicite una visa de inmigrante, también conocida como residencia permanente legal o tarjeta verde).

¿A quién puede ayudar una exención I-192 para obtener una visa estadounidense?

Antes de apresurarse al sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS, por sus siglas en inglés) para obtener este formulario , debe saber que solo una pequeña muestra representativa de personas puede beneficiarse de él.

Primero, debe ser un no inmigrante con intención, lo que significa que no debe tener la intención de quedarse permanentemente en los EE . UU . y planea regresar a su país de origen cuando finalice su estadía permitida en los EE. UU. (probablemente bajo los términos de una visa). El escrutinio aplicado por los funcionarios de inmigración hacia los solicitantes de exención con respecto a la intención de no inmigrante es extremadamente alto. Ya le está pidiendo a los EE. UU. que perdone algo por lo que la ley de inmigración normalmente le prohibiría la entrada; Los funcionarios de inmigración estudiarán minuciosamente su solicitud, en busca de indicios de que podría tener la intención o intentar permanecer en los EE. UU. más tiempo del permitido.

En segundo lugar, ya debe tener documentos de entrada válidos a los EE. UU., estar buscando el estatus T o U, o ser un ciudadano canadiense completo para usar el Formulario I-192. Por lo general, esto significa que ya debe tener una visa estadounidense válida en su pasaporte o deberá presentar pruebas convincentes de que cumple con los demás requisitos.

Echemos un vistazo a estas cuatro posibilidades con más detalle.

Posesión de documentos de entrada válidos de EE. UU.

Puede solicitar una exención utilizando el Formulario I-192 si ya tiene una visa estadounidense válida en su pasaporte. Esto necesariamente significa que debe haber solicitado una visa de no inmigrante en una embajada o consulado de los EE. UU. Dependiendo de las circunstancias particulares de su caso, esto podría significar que aún era admisible en el momento en que solicitó su visa o que, a pesar de su inadmisibilidad , convenció a los funcionarios consulares de los EE. UU. de que calificaba para una visa.

Las situaciones en las que esto podría ocurrir son demasiado numerosas para mencionarlas y están más allá del alcance de este artículo. Sin embargo, una situación bastante común en la que esto puede ocurrir es en casos de ciertas enfermedades transmisibles.

Las leyes y regulaciones de inmigración de los EE. UU. establecen que los ciudadanos extranjeros con ciertas enfermedades transmisibles son inadmisibles. Sin embargo, si está buscando tratamiento para una condición médica y puede demostrar que el tratamiento necesario está disponible solo en los Estados Unidos, es posible que pueda solicitar una exención en el Formulario I-192.

Si cometió un delito que lo hace inadmisible , es posible que su visa haya sido revocada electrónicamente, pero no cancelada en su cara. Si recibió un aviso de revocación, ya no tiene una visa válida y no puede usar el I-192.

Si ya tiene documentos de entrada válidos pero necesita una exención de inadmisibilidad, puede presentar el Formulario I-192 en un puerto de entrada de EE. UU. designado , antes de su viaje. Las solicitudes también se pueden presentar electrónicamente . Póngase en contacto con un abogado de inmigración si cree que su caso cae en este escenario.

Tener el estatus de no inmigrante T

El estatus de no inmigrante T es una categoría de inmigración particular otorgada por los EE. UU. a las víctimas de la trata de personas. La ley dice que puede ingresar a los EE. UU. con el estatus T de forma temporal y no inmigrante si puede demostrar que:

  • usted es o ha sido forzado o defraudado para el tráfico sexual, la esclavitud o una servidumbre involuntaria similar
  • está físicamente en los EE. UU. o sus territorios debido a dicho tráfico
  • usted ha cumplido razonablemente con la aplicación de la ley de los EE. UU. para ayudar en la investigación y/o enjuiciamiento de los traficantes de personas, y
  • sufriría dificultades extremas que implicarían daños severos e inusuales si tuviera que salir de los EE. UU.

Como puede ver, debe tener un conjunto limitado y ciertamente serio de circunstancias para calificar para el estado T.

Si califica para el estatus T pero no es admisible por lo demás , puede presentar su petición para el estatus T de no inmigrante y el Formulario I-192 para una exención en el Centro de Servicio de USCIS en Vermont o en su Centro de Servicio en Nebraska, dependiendo de dónde viva (siguiendo las instrucciones en el sitio de USCIS ).

Lo mejor sería ponerse en contacto con un abogado de inmigración si cree que califica para el estado T. También hay organizaciones sin fines de lucro que podrían ayudarlo a presentar su reclamo a bajo costo o sin costo alguno.

Tener estatus de no inmigrante U

El estatus U de no inmigrante es similar al estatus T. Da a ciertos ciudadanos extranjeros la capacidad de permanecer temporalmente en los EE. UU. si son víctimas de delitos particularmente graves y pueden demostrar que:

  • ha sufrido abuso mental o físico sustancial como resultado de ser víctima de ciertos delitos graves
  • tener información creíble y confiable y conocimiento de los detalles del crimen
  • han sido o están siendo útiles para las fuerzas del orden de los EE. UU. que investigan ese delito, y
  • el crimen ocurrió en los EE.UU. o sus territorios.

Al igual que el estatus T de no inmigrante, es difícil calificar para el estatus U. Puede presentar una petición U junto con su solicitud de exención del Formulario I-192 en el Centro de Servicio de Vermont de USCIS o en su Centro de Servicio de Nebraska, según el lugar donde viva (siguiendo las instrucciones en el sitio de USCIS ). Comuníquese con un abogado de inmigración si cree que califica para el estatus U. También hay organizaciones sin fines de lucro que podrían presentar su reclamo a bajo costo o sin costo alguno.

Ser ciudadano canadiense

Los ciudadanos canadienses completos no requieren una visa estadounidense u otro documento de entrada, además de un pasaporte canadiense válido, para ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, los ciudadanos canadienses aún pueden ser inadmisibles .

En términos generales, los ciudadanos canadienses que buscan ingresar a los EE. UU. como no inmigrantes pueden presentar el Formulario I-192 ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los EE. UU. en un puerto designado de entrada a los EE. UU. antes de viajar. Las solicitudes también se pueden presentar electrónicamente . Si usted es un ciudadano canadiense en esta situación, debe presentar el Formulario I-192 con bastante anticipación a cualquier viaje planeado, ya que puede tomar seis meses o más para recibir una decisión.

Cómo Preparar el Formulario I-192

Le está pidiendo a los EE. UU. que perdone algo que de otro modo le impediría la entrada. Su Formulario I-192 debe brindar razones convincentes, respaldadas por pruebas sólidas, para convencer a los funcionarios de inmigración de EE. UU. de que le concedan dicha exención.

La evidencia que deberá presentar con el Formulario I-192 depende en gran medida de por qué es inadmisible en primer lugar.

Por ejemplo, si es inadmisible por una condena penal anterior, debe presentar una declaración por escrito que explique el delito y los detalles de su condena. También envíe registros oficiales de la corte, declaraciones de culpabilidad y otros documentos relevantes, como prueba de las clases de rehabilitación a las que ha asistido. El oficial que adjudique su solicitud de exención considerará la gravedad del delito, cuánto tiempo ha pasado desde su condena, la evidencia de rehabilitación y el motivo de su viaje.

Si solicita una exención de inadmisibilidad médica, su declaración debe describir, en detalle, su condición médica y por qué solo se puede encontrar tratamiento en los Estados Unidos. También presente todos los registros médicos relevantes que puedan ayudar a los funcionarios de inmigración de EE. UU. a evaluar una exención y prueba de que puede pagar el tratamiento que recibirá.

Tarifas de presentación del gobierno de EE. UU. para la solicitud I-192

La tarifa de presentación que cobra el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) para la solicitud I-192 es de $ 930 (a fines de 2021).

Si usted es un no inmigrante inadmisible que ya posee los documentos apropiados, debe presentar su solicitud I-192 ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) de EE. UU. Puede pagar con un cheque o giro postal a nombre de «US Customs and Border Protection» o con la mayoría de las principales tarjetas de crédito.

Si es un solicitante inadmisible para el estatus de no inmigrante T o U, debe presentar su solicitud en un centro de servicio de USCIS y proporcionar un cheque o giro postal a nombre del «Departamento de Seguridad Nacional».

Independientemente de dónde envíe su solicitud, la tarifa de presentación debe cobrarse de una institución financiera de EE. UU. A diferencia de la mayoría de las solicitudes que requieren huellas dactilares, no hay una tarifa biométrica separada para la solicitud I-192.

Si está presentando una solicitud I-192 como solicitante inadmisible para el estatus de no inmigrante T o U, puede ser elegible para recibir una exención de la tarifa de presentación de USCIS para su solicitud I-192, al preparar y presentar el Formulario I-912 Solicitud de Exención de tarifas con su I-192. Acompañe esto con documentos de respaldo que muestren uno o más de los siguientes:

  • actualmente está recibiendo un beneficio público con verificación de recursos
  • el ingreso de su hogar es igual o inferior al 150% de las pautas federales de pobreza, o
  • usted tiene una situación de dificultad financiera que desea considerar, como desempleo reciente o gastos médicos elevados.

No hay tarifa de presentación para el Formulario I-912.

Costes legales

Los honorarios de los abogados varían ampliamente para la presentación de solicitudes I-192, desde quinientos dólares hasta varios miles de dólares. Algunos de los factores que afectarán los honorarios de los abogados incluyen:

  • Los hechos específicos de su caso. Si tiene un caso complicado que involucra investigación legal y/o mucha documentación de respaldo que es difícil de recopilar, puede esperar una tarifa de abogado más alta.
  • Servicios adicionales. Si es un solicitante inadmisible para el estatus de no inmigrante T o U y desea que un abogado lo ayude a preparar esa solicitud además de su solicitud I-192, es probable que le cueste más.
  • El escenario de la práctica del abogado. Los honorarios de los abogados dependen en parte del tipo de oficina en la que ejercen. Si contrata a un abogado que trabaja para una gran práctica nacional, espere pagar más de lo que pagaría si contratara a un abogado en una práctica individual o pequeña. Pagará significativamente menos si tiene bajos ingresos y puede encontrar un abogado o una organización sin fines de lucro que ofrezca asistencia legal pro bono (gratis) o de bajo costo, especialmente si está presentando un formulario I-192 con una solicitud de visa T o U. .

Considere hablar con un abogado de inmigración, porque el proceso de solicitud de exención y la evidencia necesaria para solicitarlas con éxito pueden ser complicados.

Written by Andres Villanueva

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