Si ha sido patrocinado para inmigración de los EE. UU. (en realidad, la palabra adecuada es petición), lo más probable es que su patrocinador/peticionario sea un empleador de los EE. UU. o un familiar que sea ciudadano de los EE. UU. o residente permanente legal. Esa persona o entidad debe iniciar el proceso por usted; y seguir hasta el final.
Al final temprano del proceso, la única razón por la que esta persona o entidad se llama «peticionario» es que la primera solicitud que se debe presentar ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS) para comenzar su proceso de inmigración es una petición (generalmente en el Formulario I-140 si el empleador es el peticionario, o I-130 si lo es un miembro de la familia). Su familiar o empleador lo prepara y lo firma, sin su ayuda.
Pero, ¿qué sucede si su peticionario cambia de opinión a la mitad y desea dejar de cooperar con sus esfuerzos para inmigrar? La respuesta dependerá de varios factores, en particular qué tan avanzado esté en el proceso cuando eso suceda.
Si la solicitud de visa aún no ha sido aprobada por USCIS
Su peticionario puede, en cualquier momento, informar a USCIS de su intención de retirar la petición . Si la petición aún no ha sido aprobada, es casi seguro que USCIS la denegará o la cancelará, y no podrá seguir adelante con sus planes de inmigrar.
Sin embargo, existe una excepción bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA), para cónyuges maltratados e hijos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes . El Congreso creó esta excepción para abordar situaciones en las que los peticionarios estadounidenses intentaban controlar la vida de sus cónyuges e hijos inmigrantes y mantenerlos en silencio sobre el abuso, al amenazar perpetuamente con retirar la petición I-130 presentada sobre la base del matrimonio. Dichos inmigrantes pueden «auto-solicitar» o solicitar la residencia en los EE. UU. en su propio nombre, utilizando el Formulario I-360 de USCIS .
Si la petición ha sido aprobada por USCIS, pero aún no se ha emitido una tarjeta verde
Si llegó a una petición aprobada (probablemente el Formulario I-130 o I-140), está bien, pero en última instancia podría no ser de mucha ayuda. Necesitará más cooperación de su peticionario para completar el proceso de solicitud de tarjeta verde .
Por ejemplo, en una solicitud de tarjeta verde basada en la familia, su familiar deberá prometer al gobierno de los EE. UU. que le brindará respaldo financiero durante aproximadamente diez años, para evitar la posibilidad de que necesite recibir asistencia pública. Esto se hace en el Formulario I-864, la Declaración Jurada de Patrocinio .
En una solicitud de tarjeta verde basada en el empleo, su empleador solicitante deberá proporcionar una carta de última hora que verifique que el trabajo aún está disponible.
Una vez más, los cónyuges e hijos inmigrantes maltratados pueden continuar el proceso sin el apoyo de su peticionario.
Si ya se le ha emitido una tarjeta verde
Si ya obtuvo la residencia en los EE. UU. ( ya sea mediante un proceso consular o un ajuste de estatus ) y no cometió fraude en el proceso, probablemente no deba preocuparse. Incluso si su peticionario intenta retirar la manutención, probablemente no afectará su estatus migratorio.
Sin embargo, si su patrocinador alega y prueba que su petición de inmigración o solicitud de tarjeta verde se basó en fraude, USCIS tomará medidas y puede ser expulsado de los EE. UU. (deportado).
Esto es posible incluso después de haber obtenido una tarjeta verde. Por ejemplo, si contrajo un matrimonio fraudulento con un ciudadano estadounidense y el ciudadano decide sincerarse, o si un ciudadano estadounidense fingió ser su hermano, podría perder su tarjeta verde. En este punto, deberá encontrar una estrategia legal para presentar su caso en una audiencia de deportación (remoción) .
Si en lugar de la residencia permanente obtuvo la residencia condicional basada en el matrimonio con un ciudadano estadounidense, la situación se vuelve un poco más complicada. Normalmente, se espera que usted y su cónyuge, cerca del final de su período de dos años de residencia condicional, presenten una petición conjunta en el Formulario I-751 , firmado por ambos y que incluya varios documentos que demuestren que todavía están casados.
La petición I-751 le pide a USCIS que le otorgue residencia permanente, en lugar de condicional. El problema es que un cónyuge que ya no está interesado en ayudarlo a inmigrar se negará a firmar esta petición. Afortunadamente, hay varias exenciones disponibles, incluso para cónyuges maltratados, inmigrantes que enfrentarían dificultades extremas al ser trasladados a sus países de origen o cónyuges que contrajeron un matrimonio de buena fe que terminó con el divorcio. Véase, por ejemplo, I-751 Waiver for Conditional US Residents in a Divorce.
Si necesitas ayuda
Si se enfrenta a una situación en la que su peticionario de EE. UU. amenaza con retirar la petición, se niega a firmar una petición I-751 conjunta o no coopera en su caso, hable con un abogado de inmigración de EE. UU. con experiencia. El abogado puede analizar completamente en qué etapa del proceso se encuentra, cuáles son sus derechos en este momento y cuál podría ser la mejor estrategia a seguir.