Si el titular de una tarjeta verde (residente permanente o condicional legal) sale de los Estados Unidos con la esperanza de regresar, deberá asegurarse de que el viaje sea para una visita temporal, no porque su hogar «real» esté fuera de los Estados Unidos. Establecer su hogar en otro país puede llevar a la conclusión de que ha «abandonado» (renunciado) a su residencia en los EE. UU.
Los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza ( CBP ) de EE. UU. tienen el poder de decidir si los titulares de tarjetas verdes que regresan viven fuera de los Estados Unidos. Si creen que lo es, tomarán medidas para revocar (cancelar) su tarjeta verde.
¿Cuándo se considera abandonada la residencia permanente?
Es posible que haya escuchado rumores de que debe ingresar a los EE. UU. una vez al año para conservar su tarjeta verde o pasar una cierta cantidad de tiempo en los Estados Unidos cada año. Esos rumores son en gran parte falsos o no tienen una base real en la ley estadounidense.
Probablemente surgieron debido al hecho de que estar fuera de los EE. UU. por más de seis meses (180 días) generará sospechas y preguntas sobre el abandono de la residencia, y estar fuera por más de un año garantiza que su tarjeta verde sea invalidada como un viaje. documento. (Ver INA § 101(a)(13)(C)(ii), 8 USC § 1101(a)(13)(C)(ii) .)
Si esta es su situación, es posible que se le prohíba abordar un avión de los EE. UU. u otro medio de transporte o, si se le permite subir, los funcionarios que le permitieron ingresar a los EE. puede reclamar su residencia estadounidense y tarjeta verde.
Pero la conclusión es que si alguna vez sale de los Estados Unidos con la intención de hacer de otro país su hogar permanente, renuncia a su residencia en los Estados Unidos cuando se vaya.
¿Cómo decidirá CBP si abandoné mi residencia en los EE. UU.?
A su regreso a los Estados Unidos después de un viaje al extranjero, es probable que el oficial de CBP le haga varias preguntas, como cuándo salió de los Estados Unidos, qué estaba haciendo mientras estuvo fuera y dónde vive. Antes de decidir si ha abandonado su residencia, el oficial de CBP analizará otros factores, como si usted:
- pagar impuestos estadounidenses
- ser propietario de una casa o apartamento o tener un contrato de arrendamiento a largo plazo en los Estados Unidos
- fueron empleados en el país extranjero
- llevó a su familia con usted al país extranjero
- regresan a los EE. UU. con un boleto de ida o un boleto de ida y vuelta al país extranjero, y
- mantuvo ningún otro vínculo con los Estados Unidos.
Si regresa después de un viaje de varios meses, puede facilitar su entrada a los Estados Unidos trayendo copias de los documentos que demuestren que su base de operaciones aún se encuentra en los Estados Unidos. Estos documentos podrían incluir sus declaraciones de impuestos de EE. UU., contrato de arrendamiento de vivienda, evidencia de empleo u otros materiales relevantes, preferiblemente de fuentes oficiales e imparciales.
Sin embargo, tenga cuidado: incluso si lo dejan entrar en la frontera o el puerto de entrada de EE. UU., si luego solicita la ciudadanía estadounidense (naturalización) , las autoridades de inmigración de EE. UU. pueden revisar la cuestión de si abandonó su residencia en EE. UU.
Excepción al abandono de las reglas de residencia para viajeros fronterizos
Existe una excepción para los titulares de la tarjeta verde que se desplazan al trabajo en los EE. UU. desde Canadá o México diariamente o por temporada. Pueden mantener sus tarjetas de residencia incluso mientras vivan fuera de los Estados Unidos. USCIS le otorgará el estatus de viajero diario si, cuando obtiene una tarjeta verde, explica su intención de vivir en Canadá o México pero viaja de un lado a otro.
Si actualmente vive en los EE. UU. con una tarjeta verde pero luego se muda a otro lado de la frontera, se le otorgará el estatus de viajero cuando notifique a USCIS de su nueva dirección.
¿Qué sucede si debe hacer un viaje que dure más de un año?
Si sabe de antemano que va a tener que pasar más de un año fuera de los Estados Unidos, puede solicitar un permiso de reingreso . Utilice el Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje, disponible en www.uscis.gov . Deberá marcar la casilla a en la Parte 2 para los permisos de reingreso.
Deberá explicarle a USCIS el propósito de su viaje y cuánto tiempo ya ha pasado fuera de los Estados Unidos. No puede solicitar esto después de salir de los Estados Unidos.
Si permanece fuera de los EE. UU. durante más de un año y no obtuvo un permiso de reingreso antes de irse, entonces, para regresar, debe solicitar en un consulado de los EE. UU. en el extranjero una visa de inmigrante SB-1 como residente que regresa. Para obtener esta visa, deberá convencer al oficial consular de los EE. UU. de que su ausencia de los EE. UU. ha sido temporal y que nunca planeó abandonar su residencia en los EE. UU. Querrá mostrar evidencia de que estuvo alejado más de un año debido a circunstancias imprevistas. Dicha evidencia podría ser una carta de un médico que demuestre que usted o un miembro de su familia tuvo un problema médico. Esta es una determinación discrecional; el funcionario consular no tiene obligación de otorgarlo a menos que esté convencido de que usted lo merece.
Si no tiene una muy buena razón para no regresar dentro de un año, existe una gran posibilidad de que pierda su tarjeta verde.