Si usted es un ciudadano nativo o naturalizado de los EE. UU . y tiene familiares que nacieron en otro país, es posible que, en ciertos casos, pueda ayudarlos a obtener la residencia permanente legal en los EE. UU. (una tarjeta verde ). Repasaremos las categorías aquí.
Los residentes permanentes legales pueden solicitar menos miembros de la familia que los ciudadanos estadounidenses
Si, de hecho, comenzó con una tarjeta verde (y luego se convirtió en ciudadano estadounidense por naturalización), probablemente se dio cuenta antes de que sus derechos como titular de la tarjeta verde para ayudar a los miembros de su familia a inmigrar eran bastante limitados. El titular de una tarjeta verde puede patrocinar ( presentar una petición I-130 para ) solo a un cónyuge e hijos solteros; pero para nadie más. De hecho, es posible que haya presentado peticiones para estos miembros de la familia hace mucho tiempo y aún esté esperando que reciban luz verde para inmigrar a los Estados Unidos.
Los cónyuges e hijos solteros de residentes permanentes, así como varios otros miembros de la familia, se denominan «parientes preferenciales». Eso significa que el Congreso fijó límites anuales en el número de visas (tarjetas verdes) disponibles para ellos. Debido a que la demanda de estas visas casi siempre supera la oferta, los familiares de preferencia terminan en listas de espera que pueden durar muchos años antes de poder emigrar a los Estados Unidos. Solo cuando su » fecha de prioridad » esté actualizada podrán avanzar y completar el proceso de obtención de una visa de inmigrante y residencia permanente legal.
Pero una vez que se es ciudadano, la situación suele mejorar, como se describe a continuación.
Categorías familiares que los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar
Aquí está la lista de para quién un ciudadano estadounidense puede presentar una petición I-130 y ayudar a inmigrar a los Estados Unidos:
- cónyuge e hijos solteros, quienes (aunque es posible que ya los haya solicitado como residente permanente, momento en el cual podrían haber estado en una lista de espera) podrán inmigrar de inmediato, y
- otros miembros de la familia, incluidos sus padres, hijos casados, hermanos y hermanas, para quienes ahora puede iniciar el proceso de inmigración; algunos serán «familiares inmediatos», otros «familiares preferenciales» que están sujetos a una lista de espera.
También tenga en cuenta que los matrimonios entre personas del mismo sexo actualmente cuentan para los propósitos de la ley de inmigración, siempre que sean reconocidos por el gobierno del estado o país donde se llevaron a cabo.
Cómo ayudar a su cónyuge e hijos nacidos en el extranjero a inmigrar a los Estados Unidos
Como ciudadano, su cónyuge y sus hijos solteros menores de edad (menores de 21 años) son «parientes inmediatos». Eso significa que pueden solicitar la residencia permanente legal de inmediato, sin límites anuales y sin listas de espera que retrasen su progreso.
Puede iniciar el proceso de inmigración para ellos ahora presentando una petición I-130 inicial para ellos ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. un ritmo potencialmente más rápido, informando a la oficina gubernamental de EE. UU. correspondiente que se ha convertido en ciudadano.
Desafortunadamente, incluso los parientes inmediatos deben pasar por una gran cantidad de trámites de solicitud antes de poder obtener sus tarjetas de residencia. El proceso suele tardar un año o más en completarse. No puedes evitar el papeleo. Pero al menos sabrá que sus casos están progresando lo más rápido posible.
Si tiene hijos solteros que ya tienen más de 21 años (en la categoría de preferencia de visa «2B»), y presentó una petición I-130 para ellos, su ciudadanía estadounidense los convierte en lo que se denomina «parientes de primera preferencia». Esto no es tan beneficioso como ser un pariente inmediato. Significa que están sujetos a límites anuales en el número de visas y tendrán que esperar por una disponible antes de poder continuar con su proceso de inmigración. Sin embargo, ocupan un lugar bastante alto en la lista de prioridades y, por lo tanto, pueden esperar menos tiempo que las personas en otras categorías de preferencias.
Si ya presentó una petición para iniciar el proceso de inmigración para su cónyuge o hijos ( en el Formulario I-130 de USCIS ), pero todavía están en la lista de espera para una visa o tarjeta verde según su fecha de prioridad, no No tienes que reiniciar el proceso desde el principio. En su lugar, puede avanzarlos hacia adelante. En otras palabras, no tiene que presentar una nueva petición y ellos no tienen que perder su lugar en la fila. Si se han convertido en parientes inmediatos, pueden saltar directamente a la cabeza de la fila y continuar con las etapas finales de sus solicitudes de tarjetas de residencia.
Si sus hijos tienen más de 21 años y ya presentó una solicitud para ellos, pueden pasar de la lista de espera 2B a la lista de espera de primera preferencia, con crédito completo por los años que ya han esperado. (En términos técnicos, pueden usar la misma «fecha de prioridad» que tenían antes). En cualquier caso, el procedimiento habitual es enviar una copia de su certificado de ciudadanía estadounidense y una carta explicando la situación a la oficina de inmigración que esté manejando actualmente. las solicitudes de los miembros de su familia.
Otro beneficio de su ciudadanía estadounidense naturalizada es que tan pronto como sus hijos se conviertan en residentes permanentes legales, también pueden convertirse en ciudadanos instantáneos, siempre que sean menores de 18 años cuando se convierta en ciudadano y vivan en los Estados Unidos. Estados bajo su custodia legal y física. (Consulte Ciudadanía estadounidense para hijos de ciudadanos naturalizados).
Ayudar a otros miembros de la familia a inmigrar a los EE. UU.
Convertirse en ciudadano le permite iniciar el proceso de inmigración para ciertos miembros de la familia que no sean su cónyuge e hijos solteros. Estos incluyen a sus padres , hijos casados y hermanos y hermanas .
(Sin embargo, no incluye a miembros de la familia como abuelos, tías, tíos, primos, sobrinas y sobrinos).
Sin embargo, no todos los miembros elegibles de su familia se convertirán en parientes inmediatos. Algunos de ellos se convertirán en familiares preferenciales, y por lo tanto tendrán que esperar muchos años antes de tener la oportunidad de emigrar a través de usted.
Tus padres son los que más se benefician de tu ciudadanía estadounidense. Se consideran parientes inmediatos y pueden presentar una solicitud para inmigrar a los Estados Unidos de inmediato, o tan pronto como usted cumpla 21 años o más. (Sin embargo, como se describió anteriormente, incluso los familiares inmediatos deben pasar por el papeleo de inmigración, que tiende a demorar alrededor de un año en completarse).
Tus hijos casados, así como tus hermanos y hermanas se benefician de tu ciudadanía estadounidense, porque puedes presentar peticiones I-130 iniciando el proceso de inmigración por ellos. Sin embargo, se considerarán sus parientes de preferencia, lo que significa que es probable que su petición no les proporcione una visa o tarjeta verde en el corto plazo. Primero, serán puestos en una lista de espera según su fecha de prioridad, ya que están sujetos a un límite anual en la cantidad de visas que se otorgan.
Sus hijos casados caerán en la tercera categoría de preferencia; tus hermanos y hermanas en la cuarta categoría de preferencia. Ambos están bastante abajo en la lista de prioridades y es probable que esperen muchos años (o incluso décadas, en el caso de los hermanos) antes de ser elegibles para emigrar a los Estados Unidos.
Para obtener más información sobre el proceso, hable con un abogado de inmigración local y consulte Cómo hacer que un familiar extranjero ingrese a los EE. UU.