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¿Puede casarse con un ciudadano estadounidense mientras tiene una visa J-1 y obtener una tarjeta verde?

Las visas J-1 a menudo vienen con el requisito de que el titular regrese a casa al final del plazo de la visa y pase dos años allí antes de intentar regresar con una visa H, L, K o residente permanente legal (LPR).

En teoría, nada impide que un titular de una visa J-1 se case con un ciudadano de los Estados Unidos. Sin embargo, eso no necesariamente hará que el titular de J-1 sea inmediatamente elegible para la residencia permanente legal en los EE. UU. (una » tarjeta verde «). Lo que suceda a continuación depende de los términos exactos de la visa de la persona, en particular, si están sujetos al «requisito de presencia física en el país de origen de dos años», como se explica aquí.

¿Cuál es el requisito de dos años de presencia física en el país de origen?

Recibir una visa J-1 significa que eres parte de un programa de intercambio, cuyo objetivo es promover el intercambio cultural. Si simplemente se queda en los Estados Unidos después de terminar su tiempo como visitante de intercambio, sin volver a casa y compartir o utilizar lo que ha aprendido, no se habrá cumplido ese objetivo.

Por esta razón, las visas J-1 a menudo vienen con el requisito de que el titular regrese a casa al final del plazo de la visa y pase dos años allí antes de intentar regresar como H, L, K o como inmigrante residente permanente legal (LPR) visa. (Para leer la ley original sobre este tema, consulte la Sección 212(e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad o INA ).

¿Mi programa J-1 viene con un requisito de presencia física en el país de origen de dos años?

Estos son los tipos de programas que normalmente requieren que los participantes de la visa J-1 estén sujetos al requisito de presencia física de dos años en el país de origen:

  • Programas de intercambio financiados por el gobierno. Esto normalmente significa que el programa fue financiado total o parcialmente, directa o indirectamente, por el gobierno de los EE. UU. o el gobierno del país de origen del visitante de intercambio.
  • Programas de formación o educación médica de posgrado. Si va a realizar una residencia médica con su visa J-1 de EE. UU., espere estar sujeto al requisito de país de origen de dos años.
  • Programas que enseñan conocimientos o habilidades especializadas. Si usted es de un país que ha incluido su área de estudio en los EE. UU. como parte de un campo de conocimiento especializado o habilidad que es necesaria para el desarrollo de ese país, se aplicará el requisito de dos años. El Departamento de Estado mantiene esta lista en la página Lista de habilidades por país de su sitio web.

¿Cómo sabré con certeza si estoy sujeto al requisito de país de origen de dos años?

Verifique el Certificado de Elegibilidad (Formulario DS-2019) que recibió del patrocinador de su programa. Tiene un espacio que muestra si está sujeto al requisito de residencia en el extranjero. Fíjate también en la visa J-1 que te da el consulado de EEUU. También debe indicar si está sujeto al requisito de presencia física de dos años en el país de origen.

¿Puedo obtener una exención del requisito de país de origen de dos años?

Hay disponible una exención (perdón legal), que podría permitirle permanecer en los Estados Unidos y solicitar un ajuste de estatus y recibir una tarjeta verde sin tener que salir y esperar dos años primero. Las bases para solicitar tal renuncia incluyen:

Que ha recibido una «declaración de no objeción» del gobierno de su país de origen. Póngase en contacto con la embajada de su país de origen en Washington, DC para preguntar si estarían dispuestos a emitirle tal declaración, diciendo que no le importa que se quede en los EE. UU. a pesar de que posiblemente haya gastado su dinero en el estudio de su programa de intercambio.

Que su cónyuge o hijo ciudadano estadounidense o residente permanente legal enfrentaría dificultades excepcionales si se le negara una tarjeta verde y tuviera que regresar a su país de origen. Por ejemplo, si su cónyuge o hijo tiene un problema médico que empeoraría con su partida o si viajara con usted a su país de origen, es posible que tenga buenos motivos para una exención.

Que enfrentaría persecución si regresara a su país de origen. Esto es algo similar a probar un caso de asilo, aunque los estándares son más estrictos. Tendrías que demostrar que serías perseguido por tu raza, religión u opinión política. Pero a diferencia del asilo, no puede alegar persecución en base a su nacionalidad o pertenencia a un grupo social en particular.

Que ha recibido una solicitud de un Departamento de Salud Pública Estatal designado o su equivalente ( Programa Conrad State 30 ). Si usted es un graduado de medicina extranjero que obtuvo una visa J-1 para obtener capacitación o educación médica de posgrado en los EE. área de escasez o en un centro de atención médica que atiende a pacientes de dicha área designada; acepta comenzar a trabajar allí dentro de los 90 días posteriores a la recepción de la exención; y firmas un contrato para seguir trabajando allí por un total de 40 horas semanales y por lo menos tres años.

Solicitud de una agencia del gobierno estadounidense interesada. Si está trabajando en un proyecto de interés para el gobierno de los EE. UU., puede respaldar su solicitud de exención.

Para obtener información sobre cómo solicitar una exención, consulte la página Requisito de presencia física en el país de origen de dos años para la exención de la visa de visitante de intercambio del sitio web del Departamento de Estado.

¿Qué sucede si no estoy sujeto al requisito de presencia física en el hogar por dos años?

Si su visa J-1 no vino con este requisito, considérese afortunado. Al casarse con un ciudadano de los EE. UU., podrá solicitar el ajuste de estatus de inmediato y completar todo el procesamiento de su solicitud y obtener una tarjeta verde sin salir de los Estados Unidos .

El proceso implica enviar el Formulario I-130 y el Formulario I-485 junto con otros formularios , documentos y tarifas a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS). Los enviará por correo.

Después de eso, lo llamarán para la recopilación de datos biométricos (huellas dactilares) y luego para una entrevista en una oficina local de USCIS. Allí, su tarjeta verde, si todo va bien, será aprobada.

Consulte a un Abogado de Inmigración

Probablemente querrá consultar a un abogado para que lo ayude a determinar si está sujeto al requisito de residencia de dos años o no; y, de ser así, si podría calificar para una exención y cómo solicitarla.

Written by Andres Villanueva

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