Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes que tienen familiares que viven fuera de los Estados Unidos pueden presentar peticiones para ayudarlos a inmigrar: es decir, obtener una visa de inmigrante estadounidense, que conduce a una tarjeta verde o residencia permanente legal. Esto sirve al objetivo de la política estadounidense de reunificación familiar. Pero, ¿cómo se hace eso?
El proceso de solicitud para obtener una visa de inmigrante para sus familiares elegibles seguirá los mismos pasos básicos, ya sea que sea ciudadano estadounidense (USC) o residente permanente legal (LPR). Suponemos que su familiar vive en el extranjero; si él o ella ya está en los EE. UU., deberá buscar un proceso diferente, llamado » Ajuste de estado «.
El procedimiento para ayudar a alguien a obtener una tarjeta verde requiere una gran atención a los detalles, razón por la cual muchos posibles peticionarios optan por contratar a un abogado de inmigración. El tiempo real de procesamiento dependerá de varios factores: su estatus migratorio actual (USC o LPR) como «peticionario»; el paradero de su familiar (llamado el «beneficiario»), incluido el país de origen del beneficiario; su relación familiar; y las circunstancias personales o situación del beneficiario.
Es importante aprender sobre este proceso de solicitud con anticipación, de modo que pueda planificar los diversos requisitos y elaborar estrategias en torno a la línea de tiempo probable.
¿Qué miembros de la familia son elegibles para emigrar a los EE. UU.?
Los posibles beneficiarios de las peticiones basadas en la familia se clasifican en dos categorías: los llamados «parientes inmediatos» de ciudadanos estadounidenses y los parientes de «preferencia familiar».
Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses no están sujetos a limitaciones en el número de visas de inmigrantes (tarjetas verdes) otorgadas cada año. Esta categoría incluye a los cónyuges (del mismo sexo o del sexo opuesto) de ciudadanos estadounidenses y sus hijos solteros menores de 21 años, sus padres (después de que el hijo ciudadano estadounidense haya cumplido 21 años) y los huérfanos adoptados en el extranjero o en los Estados Unidos.
A diferencia de los familiares inmediatos, los beneficiarios que entran en la categoría de » preferencia familiar » están sujetos a cuotas anuales de visas, que incluyen un límite general y una asignación por país. Debido a que más personas solicitan cada año que visas disponibles, esto a menudo conduce a largas esperas, particularmente de países con alta población y niveles de interés en emigrar a los Estados Unidos. En algunos casos, el período de espera puede ser relativamente corto; en otros, la espera se extiende por décadas.
Las categorías de «preferencia familiar» son las siguientes:
- Primera preferencia (F1) : hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses de cualquier edad, independientemente de la edad del hijo y la hija. Para ser elegible bajo esta clasificación, el beneficiario debe ser «soltero» cuando se presenta la petición y permanecer así hasta que reciba la tarjeta verde.
- Segunda preferencia (F2) : cónyuges (del mismo sexo o del sexo opuesto), hijos menores e hijos e hijas solteros (mayores de 21 años) de residentes permanentes. Los niños divorciados o viudos se consideran «no casados», por lo tanto, elegibles bajo esta clasificación. Aquellos niños que tienen 21 años o más caen en una subcategoría llamada 2B; normalmente esperan más tiempo que otros parientes de segunda preferencia, que se encuentran en una subcategoría llamada 2A.
- Tercera preferencia (F3) : hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, y sus cónyuges e hijos menores. Si un beneficiario obtiene un divorcio de buena fe durante los largos años de espera de la visa, será elegible para una visa de inmigrante como F1.
- Cuarta preferencia (F4) : hermanos y hermanas de un ciudadano estadounidense, y su cónyuge e hijos menores. Los medios hermanos y las medias hermanas, así como los hermanos adoptivos, son elegibles bajo esta categoría.
Inicio del proceso de inmigración para un familiar
El proceso comienza cuando el peticionario ciudadano estadounidense o residente permanente prepara y presenta el Formulario I-130 , la Petición de familiar extranjero. Este formulario es emitido por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) y está disponible para su descarga gratuita en su sitio web. Para obtener consejos sobre cómo completarlo, consulte también La Petición I-130: Información para patrocinadores familiares .
Una de las preguntas importantes en el Formulario I-130 le pide que nombre la oficina donde el beneficiario ajustará su estatus (disponible solo si la persona se encuentra legalmente en los EE. UU., con raras excepciones) o acudirá a una entrevista para la visa (en un consulado o embajada en el país de origen del beneficiario).
Suponiendo que su pariente esté en el extranjero, debe elegir la embajada o el consulado de EE. UU. más cercano que procese visas de inmigrantes. Dicha información suele estar disponible en el sitio web del consulado.
La petición I-130 debe presentarse con copias de los documentos para establecer que el peticionario es ciudadano estadounidense o residente permanente (como un pasaporte estadounidense o tarjeta verde) y que existe una relación familiar entre el peticionario y el beneficiario (como una copia del certificado de nacimiento o certificado de matrimonio). Los solicitantes de un cónyuge también deben incluir documentos que demuestren que el matrimonio es de buena fe (real) , no una farsa para obtener una tarjeta verde.
Algunos abogados recomiendan que el peticionario también ejecute y presente la Declaración jurada de apoyo , el Formulario I-864 y los documentos de respaldo con el I-130, en lugar de esperar hasta que se solicite más adelante.
Presente la petición I-130 ante el Centro de Servicio de USCIS que tenga jurisdicción sobre su residencia en los EE. UU. Asegúrese de guardar una copia de todo lo que envíe, incluidos formularios, documentos de respaldo y cheques o giros postales (a menos que pague con tarjeta de crédito).
USCIS, después de recibir la petición I-130 y verificar que esté completa, emitirá un aviso de recibo al peticionario y al abogado, si corresponde. Si USCIS determina que los documentos presentados son insuficientes, el peticionario le enviará una Solicitud de Evidencia (RFE).
Una vez que el peticionario haya cumplido satisfactoriamente con los requisitos, seguirá el Aviso de Aprobación de USCIS. La carta también proporciona información sobre a dónde se ha remitido el caso.
Traslado del Expediente de Inmigrante al Centro Nacional de Visas
Para los beneficiarios fuera de los EE. UU., o que se encuentran en una categoría relativa preferencial, el caso se enviará luego al Centro Nacional de Visas ( NVC ). Esta oficina conservará el expediente de los familiares de preferencia hasta que finalice su período de espera y se disponga de una visa; en términos técnicos, sus «fechas de prioridad» son actuales. No tienen derecho a ingresar a los EE. UU. en este momento (a menos que puedan calificar por separado para alguna otra visa; pero esto se vuelve difícil, porque las autoridades de inmigración de los EE. UU. pueden asumir que están buscando una forma rápida de ingresar a los EE. UU. y luego quedarse permanentemente) .
La fecha de presentación de la petición se convierte en la » fecha de prioridad » del aspirante a inmigrante . El Departamento de Estado de los Estados Unidos publica el Boletín de Visas mensual , que muestra la fecha de prioridad que se está procesando en el mes en curso.
Inmigrante va a trámite consular
Si una visa está disponible de inmediato, o ha estado disponible porque la fecha de prioridad del beneficiario es actual, el NVC comenzará a procesar el caso. Emitirá una serie de formularios e instrucciones al inmigrante.
En esta etapa, se requiere una Declaración jurada de apoyo actualizada (Formulario I-864 con documentos de respaldo) para cada inmigrante potencial, así como el pago de las tarifas correspondientes . El NVC también dirigirá al solicitante a su sitio web para obtener orientación.
Se le indicará al solicitante que complete el formulario DS-260, «Solicitud de visa de inmigrante y solicitud de registro de extranjero en línea».
Una vez que se hayan completado o pagado todos los documentos, controles de seguridad y tarifas, el NVC enviará el caso a la oficina consular en el extranjero que se indicó en el Formulario I-130. El beneficiario deberá someterse a un examen médico, autorización policial y toma de huellas dactilares (biometría). Seguirá un aviso para una entrevista personal.
Inmigrante asiste a entrevista de visa en un consulado de EE. UU.
Uno de los últimos pasos del proceso es que el inmigrante asista a una entrevista con un funcionario consular de los Estados Unidos. El solicitante debe traer copias de todos los documentos presentados anteriormente, además de todas las demás pruebas (originales, no copias) de la relación familiar con el solicitante.
Para una petición conyugal, espere que el oficial consular haga muchas preguntas sobre la relación personal con el peticionario estadounidense, para determinar la buena fe de la unión. Otras preguntas se referirán a si el extranjero es » admisible » (es decir, tiene antecedentes de salud, penales u otros problemas).
Suponiendo que todo esté en orden, se aprobará la visa. El oficial consular sellará el pasaporte del inmigrante mostrando el estatus de inmigrante de la persona y la fecha de aprobación. El consulado también puede emitir un sobre sellado que contenga todos los materiales de la visa, que debe ser abierto únicamente por el oficial en el puerto de entrada de EE. UU. (O bien, todos esos materiales pueden transmitirse electrónicamente).
Normalmente, la embajada de los EE. UU. emitirá el sello del pasaporte unas semanas después de la entrevista para la visa.
Llegada al puerto de entrada de los Estados Unidos
Para los beneficiarios en el extranjero, la última etapa del proceso es la llegada al puerto de entrada de EE. UU. Aunque la embajada de los EE. UU. ya otorgó la visa de inmigrante, la última entrevista será en realidad con un oficial en la frontera (un agente de Aduanas y Protección Fronteriza, o CBP ).
Ese agente tiene la tarea de determinar si el extranjero es realmente elegible para ingresar al país. El oficial de CBP puede hacer preguntas sobre condenas anteriores, enfermedades graves o cualquier violación de inmigración. Con esto en mente, lo mejor es tener cuidado al responder y consultar a un abogado con cualquier pregunta de última hora.
Recibir la tarjeta verde real
La Tarjeta de Residente Permanente (Formulario I-551) se envía por correo al beneficiario dentro de un par de semanas después de la llegada del inmigrante a los Estados Unidos.