Como alguien que visita los Estados Unidos desde otro país, es importante realizar un seguimiento de la fecha en la que se espera que salga. Permanecer más allá de la fecha que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza ( CBP , por sus siglas en inglés ) le fijó de acuerdo con los términos de su visa estadounidense puede tener consecuencias graves. Por ejemplo, su visa de EE. UU. se anulará automáticamente y no podrá solicitar una nueva visa en ningún consulado de EE. UU. fuera de su país de origen. En algunas situaciones, se le podría prohibir regresar a los EE. UU. durante varios años, dependiendo de cuánto tiempo se quedó más tiempo y si acumuló «presencia ilegal». Veremos estos problemas con más detalle a continuación.
¿Cuánto tiempo te quedaste más tiempo en los EE. UU.?
Primero, aclaremos cuándo exactamente se esperaba que te fueras. Esta sería la fecha que se muestra en su Formulario I-94 Registro de llegada/salida, que le entregó CBP o que se ingresó en su base de datos . Esa es una fecha diferente a la fecha de vencimiento de su visa, que es simplemente la última fecha en la que podría haber utilizado ese documento para ingresar a los Estados Unidos. (Una visa es simplemente un documento de entrada, aunque el tipo de visa que tiene definitivamente dicta la duración y los términos de su estadía permitida en los Estados Unidos). Por lo tanto, deberá contar hacia adelante desde la fecha en su I-94 .
Si ingresó a los EE. UU. como estudiante F-1, su I-94 probablemente dirá «D/S» para la duración del estado. Eso significa que su estadía excesiva comienza cuando deja de estudiar o de cumplir con los términos de su visa F-1 . Sin embargo, a los efectos de las restricciones de tiempo discutidas en este artículo, la cuestión importante es si realmente acumuló «presencia ilegal», lo que los estudiantes técnicamente no hacen a menos que un oficial de inmigración o un juez los haya considerado presentes ilegalmente.
¿Es realmente demasiado tarde para solicitar una extensión o un cambio de estado?
En la mayoría de los casos, cualquier solicitud para renovar una estadía o cambiar a otro estado en los EE. UU. debe presentarse ante el USCIS antes de que expire la estadía permitida. Sin embargo, se pueden hacer excepciones, particularmente si una situación de emergencia le impidió presentar su solicitud antes. Durante la pandemia de coronavirus o COVID-19, por ejemplo, USCIS anunció que sería flexible al permitir solicitudes tardías para una extensión o cambio de estatus a personas cuya salida de los EE. UU. se retrasó como resultado de una enfermedad o algo relacionado con la pandemia. .
¿Acumulo presencia ilegal en los EE. UU.?
Un historial de pasar tiempo en los EE. UU. ilegalmente puede crear problemas para sus futuros planes relacionados con la inmigración o los viajes. Sin embargo, es más fácil definir qué no es presencia ilegal que qué es. No acumulará presencia ilegal en los Estados Unidos para los fines de las barras de tiempo de tres y diez años que se describen a continuación si usted:
- eran menores de 18 años
- tenía una solicitud de asilo pendiente de buena fe archivada en USCIS
- fueron beneficiarios del programa Unidad Familiar (para familias de personas que recibieron tarjetas verdes como trabajadores agrícolas o bajo el programa de amnistía de la década de 1980)
- tenía una solicitud pendiente para el ajuste de estatus (una tarjeta verde), una extensión de estatus o un cambio de estatus
- era un cónyuge o hijo maltratado que ingresó con una visa de no inmigrante y puede mostrar una conexión entre el abuso y la estadía excesiva
- fue víctima de la trata y puede demostrar que la trata fue al menos una de las razones principales de su presencia ilegal, o
- había recibido protección a través del Estatus de Protección Temporal (TPS), Salida Forzada Diferida (DED), Acción Diferida o Suspensión de Expulsión bajo la Convención contra la Tortura.
Para cualquier otra persona que se haya quedado más tiempo del permitido en su visa, es probable que su tiempo de presencia ilegal se esté sumando y pueda ser retenido en su contra. Y para las personas que están sujetas a la prohibición permanente, también descrita a continuación, USCIS sostiene que las excepciones anteriores no se aplican (aunque le gustaría hablar con un abogado sobre esto, ya que es un tema de discusión en curso).
¿Está sujeto a restricciones de tiempo por haber acumulado presencia ilegal en los EE. UU.?
Hay tres niveles de sanciones por quedarse más tiempo que una visa de los EE. UU. y acumular presencia ilegal, lo que puede terminar con la prohibición de su entrada a los EE. UU. por un largo período de tiempo, o de forma permanente.
- Si acumula una presencia ilegal de más de 180 días continuos pero menos de un año, pero sale de los EE. UU. antes de que se instituya en su contra cualquier procedimiento oficial y formal de remoción (deportación), se le prohibirá volver a ingresar a los Estados Unidos por un período de tres años.
- Si acumula una presencia ilegal de más de 365 días continuos y luego sale de los EE. UU. antes de que se inicie cualquier deportación u otro procedimiento formal en su contra, se le prohibirá posteriormente volver a ingresar a los Estados Unidos por un período de diez años.
- Si acumula presencia ilegal durante más de un año en total (en conjunto, no necesariamente continuo), o si se le ordena la expulsión (deportación) de los EE. UU., y posteriormente intenta ingresar sin inspección (por ejemplo, intenta cruzar la frontera a escondidas) , entonces se le excluirá permanentemente de los EE. UU., sin exención disponible a menos que sea un autopeticionario de VAWA . (Sin embargo, después de diez años, puede solicitar un permiso especial para solicitar una visa estadounidense o tarjeta verde).
Es importante tener en cuenta que las consecuencias anteriores se aplican solo si sale de los Estados Unidos e intenta regresar. En algunos casos excepcionales, las personas que son elegibles para las tarjetas de residencia pueden evitar los límites de tiempo ajustando su estatus dentro de los EE. UU., es decir, presentando toda su documentación al USCIS y asistiendo a una entrevista dentro de los Estados Unidos.
Sin embargo, no todos son elegibles para utilizar el procedimiento de solicitud de «ajuste de estatus». Por ejemplo, las personas que ingresaron ilegalmente a los EE. UU. (sin una visa u otra admisión legal) y cumplen con los requisitos básicos de elegibilidad para una tarjeta verde no pueden solicitarla de esta manera. Esas personas, a pesar de ser técnicamente elegibles para una tarjeta verde, tendrían que solicitarla a través de un consulado de EE. UU. en el extranjero, momento en el cual se podrían aplicar las restricciones de tiempo, a menos que califiquen para una exención basada en dificultades extremas para un pariente estadounidense que califique.
Afortunadamente, ahora puede solicitar esta exención antes de salir de EE . UU . mediante el Formulario I-601A. Deberá demostrar que no se le aplican otros motivos de inadmisibilidad y poder demostrar dificultades extremas para un cónyuge o padre ciudadano estadounidense. Si se aprueba esta «exención provisional» (también llamada «exención en el estado») antes de viajar al consulado de los EE. su propia determinación, o declararlo inadmisible por otros motivos).
Sin embargo, si tiene motivos adicionales de inadmisibilidad más allá de la presencia ilegal, no puede usar la exención I-601A. Su única opción es salir de los EE. UU. para su entrevista consular y luego solicitar las exenciones necesarias utilizando el Formulario I-601 .
¿Quién es elegible para una exención de las prohibiciones de tres y diez años en la admisión a los EE. UU.?
La exención es una posibilidad para los futuros inmigrantes que pueden demostrar que si la exención y la visa no se otorgan, su cónyuge o padres ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales sufrirían dificultades extremas.
Pero las dificultades extremas pueden ser difíciles de probar. Significa más que las dificultades que cualquier miembro de la familia sentiría al enfrentar la separación debido a la denegación de una visa. Se tienen en cuenta factores médicos, financieros, educativos y otros.
Obtener ayuda legal
Si se ha excedido en el tiempo permitido con una visa y desea permanecer en los EE. UU. legalmente o regresar aquí en el futuro, o solicitar una exención, definitivamente debe consultar con un abogado de inmigración calificado lo antes posible. Su abogado puede evaluar cuánta presencia ilegal ha acumulado y explicarle las posibles opciones para lidiar con su estadía excesiva.