Si vino a los Estados Unidos como refugiado , se le otorgarán ciertas protecciones adicionales después de su llegada, y también aceptará ciertas responsabilidades como residente de este país. Aquí hay una revisión de lo que puede esperar y hacer.
Asistencia de reasentamiento para refugiados
La Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) de EE. UU., en asociación con varias agencias sin fines de lucro y voluntarios, le brindará ciertos beneficios desde el día de su llegada a los Estados Unidos. Estos pueden incluir ayuda con cosas como encontrar y amueblar un apartamento, familiarizarse con el autobús y el sistema de transporte público en su área, inscribir a sus hijos en la escuela, encontrar un médico, aprender inglés y buscar trabajo.
También puede ser elegible para Asistencia en efectivo para refugiados (RCA) o Asistencia médica para refugiados (RMA), administrada a través de su gobierno estatal. Sin embargo, puede reclamar esto solo durante sus primeros ocho meses en los Estados Unidos. Y no todos reciben beneficios en efectivo. Está pensado como una copia de seguridad en caso de que no pueda encontrar trabajo.
Se espera que sea autosuficiente dentro de un año de su llegada a los Estados Unidos. Esto puede ser un reto. especialmente teniendo en cuenta que es posible que te enfrentes a barreras idiomáticas.
Derecho de los refugiados a permanecer y trabajar en los EE. UU.
Como refugiado, se le permite permanecer indefinidamente en los Estados Unidos, al menos, hasta que mejoren las condiciones en su país de origen y ya no tenga miedo de regresar. Su Formulario I-94 Registro de Entrada/Salida proporcionará prueba de su estado. Puede usarlo para obtener una tarjeta de Seguro Social de los EE. UU., que debe mostrar a los empleadores cuando comience a trabajar.
Para solicitar una tarjeta del Seguro Social, vaya a www.ssa.gov , llame al 800-772-1213 o visite una oficina local del Seguro Social.
También puede solicitar un permiso de trabajo (más conocido como Documento de Autorización de Empleo o EAD). Es una forma práctica de identificación con foto. El permiso de trabajo deberá renovarse anualmente. Para solicitar, consulte Cómo solicitar un permiso de trabajo . Como refugiado, no se requiere tarifa con su primer I-765.
Derecho de los refugiados a reunirse con familiares en el extranjero
Es posible que ya haya obtenido el estatus de refugiado para sus familiares cercanos (cónyuge e hijos solteros menores de 21 años). Sin embargo, si algunos de ellos permanecieron en el extranjero hasta ahora, o no recibieron el estatus de refugiado con usted, aunque ahora estén en los EE. .»
Tenga en cuenta que las personas deben haber calificado como su cónyuge o hijo en la fecha en que ingresó a los EE. UU. como refugiado, y la relación debe continuar existiendo. En otras palabras, no puede casarse o adoptar a alguien ahora y reclamarlo como su derivado. Tampoco puede traer a un cónyuge de quien se haya divorciado.
Para solicitar el estatus de refugiado derivado para su familia, envíe el Formulario I-730 de USCIS, Petición de familiar de refugiado y asilado, a USCIS. El formulario está disponible para su descarga gratuita en la página I-730: Petición de familiar de refugiado/asilado del sitio web de USCIS .
Hay una fecha límite: debe presentar el formulario I-730 para cada miembro de la familia que califique dentro de los dos años posteriores a la fecha en que ingresó a los EE. UU. como refugiado. Si se ha perdido esa fecha, hable con un abogado. Es posible que USCIS haga una excepción y extienda este período de tiempo por razones humanitarias.
También deberá asistir a una entrevista en una oficina de USCIS para confirmar que estas personas son miembros de su familia. Los miembros de su familia también serán entrevistados, ya sea en una oficina de USCIS o en un consulado en el extranjero, según dónde vivan en ese momento.
Derecho de los refugiados a viajar dentro y fuera de los EE. UU.
Los refugiados pueden viajar fuera de los Estados Unidos. Sin embargo, incluso si ya tiene su propio pasaporte, deberá obtener un Documento de viaje para refugiados para usarlo cuando vuelva a ingresar a los Estados Unidos. Puede solicitar esto presentando el Formulario I-131 de USCIS. Está disponible para su descarga gratuita en la página de Solicitud de documento de viaje I-131 del sitio web de USCIS . Si no tiene su propio pasaporte, este documento será aceptado por otros países como un pasaporte equivalente.
Una precaución importante: no viaje de regreso al país del que obtuvo el estatus de refugiado. Si lo hace, es posible que se descubra que ha renunciado a su condición de refugiado porque aparentemente ya no teme ser perseguido allí.
Derecho y responsabilidad de los refugiados de solicitar una tarjeta verde un año después de la entrada a EE. UU.
Un refugiado deberá esperar un año calendario completo antes de comenzar el proceso de solicitud de residencia permanente legal en los EE. UU. (una tarjeta verde); pero luego se espera que lo haga. Presentará su solicitud mediante un procedimiento conocido como » ajuste de estatus «.
Tenga en cuenta que los refugiados no pagan ninguna tarifa por el Formulario I-485 requerido para ajustar el estatus. Además, los refugiados no tienen que pagar tarifas biométricas (huellas dactilares).
Responsabilidad de los refugiados de pagar impuestos estadounidenses
Como residentes de los Estados Unidos, los refugiados deben pagar impuestos sobre la renta y otros . Las declaraciones de impuestos y (si ganó lo suficiente) el pago de impuestos al gobierno federal y estatal vencen cada 15 de abril. Es posible que las agencias sin fines de lucro puedan ayudarlo con su declaración de impuestos a bajo costo o de forma gratuita.
Responsabilidad de los refugiados de obedecer las leyes estadounidenses
Como refugiado, debe ser consciente de sus responsabilidades en virtud de la legislación estadounidense. Una importante es que notifique a USCIS de cualquier cambio en su dirección. Debe hacerlo dentro de los diez días posteriores a la mudanza utilizando el formulario AR-11, Tarjeta de cambio de dirección de extranjero. Puede presentar esto en línea en el sitio web de USCIS en www.uscis.gov.
Si es un refugiado varón entre 18 y 26 años, debe registrarse para el Servicio Selectivo de EE. UU. Eso significa la lista de personas que pueden ser llamadas en un reclutamiento militar. Inicie sesión en el sitio web del Servicio Selectivo o recoja un formulario de registro de «devolución por correo» del Servicio Selectivo en una oficina de correos de EE. UU.
Por supuesto, también debe cumplir con otras leyes estadounidenses, por ejemplo, no cometer ningún delito. El incumplimiento de estas responsabilidades podría resultar en la pérdida de su estatus y derecho a permanecer en los Estados Unidos.