Si es ciudadano de los EE. UU. y, como resultado, sus hijos menores de edad son elegibles para un certificado de ciudadanía de los EE. UU., puede completar y presentar el Formulario N-600 de USCIS para solicitar uno al gobierno de los EE. UU. en su nombre. Este artículo describirá quién puede y debe presentar esta solicitud para el reconocimiento del estatus de un niño como ciudadano estadounidense y cómo hacerlo.
¿Quién es elegible para un certificado de ciudadanía estadounidense?
Cualquiera que haya adquirido o derivado la ciudadanía estadounidense, es decir, que haya recibido la ciudadanía automáticamente a través de padres que fueron o se convirtieron en ciudadanos estadounidenses, califica para un certificado de ciudadanía. Esto es diferente del Certificado de Naturalización que recibe el titular de la tarjeta verde después de solicitar la ciudadanía estadounidense .
Para obtener detalles sobre quién se convierte en ciudadano estadounidense al nacer cuando nace en el extranjero de padres que eran ciudadanos estadounidenses, consulte Ciudadanía estadounidense automática para niños por nacimiento de padres ciudadanos (Adquisición) . Los niños que nacieron en el extranjero y adquieren la ciudadanía estadounidense al nacer normalmente solicitarán un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero en un consulado de los EE. UU., pero si estos niños están en los EE. UU., pueden solicitar un Certificado de Ciudadanía en su lugar.
Para obtener detalles sobre quién se convierte en ciudadano cuando sus padres se convierten en ciudadanos estadounidenses (cuyo nombre técnico es » derivación «), consulte Ciudadanía estadounidense para hijos de ciudadanos naturalizados .
En cualquiera de las situaciones descritas en estos artículos, cuando un niño se convierte en ciudadano estadounidense a través de los padres, es un proceso automático. No es necesario que solicite su nuevo estatus, pero es posible que desee solicitar una prueba de ese estatus mediante el Formulario N-600 del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS).
Cuándo Presentar una Solicitud N-600 para Certificado de Ciudadanía
Según la ley actual, si un ciudadano estadounidense solicita que un niño nacido en el extranjero ingrese a los EE. UU. y reciba una tarjeta verde, y el niño recibe la tarjeta verde e ingresa a los EE. UU. antes de los 18 años y vivirá bajo la custodia legal y física del padre, el niño se convierte en ciudadano estadounidense casi inmediatamente después de ingresar a los Estados Unidos.
Esto también sucede a menudo en el caso de los hijos adoptivos de un ciudadano estadounidense . (Pero no funciona para los niños adoptados que ingresaron a los EE. UU. antes de que la adopción fuera definitiva, en la categoría de visa IR-4).
Los hijastros de ciudadanos estadounidenses no son elegibles para la ciudadanía automática después de ingresar a los EE. UU. con una tarjeta verde, a menos que el niño sea adoptado por el padrastro y la adopción cumpla con otros requisitos específicos.
USCIS no enviará el Certificado de Ciudadanía automáticamente, pero no requiere que vuelva a enviar los documentos que ya envió para la solicitud de tarjeta verde del niño.
Algunos abogados presentan la solicitud N-600 tan pronto como el niño ingresa a los EE. UU. e incluyen este servicio en la tarifa que se cobra por preparar y presentar la tarjeta verde del niño. Si un abogado preparó su paquete, consulte con él o ella antes de presentar una solicitud para un Certificado de Ciudadanía, ya que es posible que el abogado ya lo haya hecho. De lo contrario, aún no está obligado a presentar un Formulario N-600 para sus hijos. También tiene la opción más económica de solicitar un pasaporte estadounidense.
Aún así, USCIS informa que hay algunas agencias gubernamentales y empleadores que pueden solicitar un Certificado de Ciudadanía bajo ciertas circunstancias.
Llenar un formulario N-600 para sus hijos
Como verá en la Parte I del Formulario N-600, USCIS anticipó que algunas de las personas que completan este formulario serían padres que actúan en nombre de un niño menor de edad (menor de 18 años).
Los niños mayores de 14 años deben firmar la solicitud, pero si un padre u otra persona llena el formulario, esa persona también debe firmar la solicitud en la Parte 10. Un tutor legal puede firmar por un niño mayor de 18 años que tiene una discapacidad mental.
Deberá completar las Partes 1 a 3 con información sobre su hijo: su nombre, fecha de nacimiento, dirección en los EE. UU., etc. (Asegúrese de no ingresar una dirección en el extranjero aquí si basa su reclamo en que el niño ingresó como titular de la tarjeta verde antes de los 18 años; el niño debe vivir en los EE. UU. con usted para ser elegible para la ciudadanía estadounidense).
Las partes 4 a 5 son donde deberá ingresar información sobre usted (los padres del niño). No es necesario completar las partes 6 y 7 a menos que el niño tenga derecho a la ciudadanía estadounidense en el momento del nacimiento en el extranjero.
En la Parte 8, los niños mayores de 14 años firmarán el formulario. Los padres de niños menores de 14 años pueden firmar el formulario. Si su hijo tiene 14 años o más y usted llenó el formulario, deberá firmar como preparador en la Parte 10. Si un abogado llenó el formulario, el abogado firmará en la Parte 10. No es necesario que llene la Parte 9 a menos que un intérprete lo haya ayudado con la solicitud.
Lea atentamente las instrucciones para obtener información adicional sobre qué documentos enviar. No es necesario que envíe copias de los documentos que ya formaban parte de la solicitud de tarjeta verde del niño.
Si está leyendo esto antes del 28 de marzo de 2022, deberá enviar fotos del niño. Estos se utilizarán en el propio certificado. Debe escribir el nombre del niño y el número A (si el niño tiene una tarjeta verde de EE. UU.) en el reverso de la foto.
Sin embargo, después del 28 de marzo de 2022, USCIS tomará las fotos en la cita biométrica que se requiere para todos los solicitantes N-600.
Si necesitas ayuda
Si tiene preguntas o inquietudes sobre cualquier trámite de inmigración, es importante consultar con un abogado calificado lo antes posible. Su abogado puede ayudarlo a confirmar la elegibilidad del niño para la ciudadanía y completar los formularios y documentos requeridos por USCIS.